Zoraida Ávalos. (Foto: Difusión)
Zoraida Ávalos. (Foto: Difusión)

El , mediante la Sala Penal Permanente de la , confirmó el archivo del caso contra la fiscal suprema Zoraida Ávalos por el presunto delito de omisión, rehusamiento o retardo de actos funcionales perjudiciales para el Estado.

El proceso se inició contra la exfiscal de la Nación debido a su decisión de ordenar el inicio de investigaciones contra el expresidente por presuntos delitos contra la administración pública en perjuicio del Estado, pero de suspender dichas investigaciones hasta que concluyera su mandato.

La Sala Suprema, presidida por el juez César San Martín, ratificó el fallo de primera instancia que declaró procedente un recurso de excepción de improcedencia de acción presentado por Ávalos Rivera para evitar ser procesada. Esta decisión fue apelada por la Procuraduría General del Estado (PGE).

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Poder Judicial ratificó el sobreseimiento (archivo) del proceso iniciado contra la fiscal suprema Zoraida Ávalos Rivera, por el delito de omisión, rehusamiento o retardo de actos funcionales en agravio del Estado”, informó la institución a través de su cuenta de X.

“Sin embargo, el tribunal supremo dispuso también que el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria se pronuncie sobre la admisibilidad y procedencia de la solicitud indemnizatoria de la PGE”, agrega la publicación.

Antecedentes

Como se recuerda, en mayo último, el PJ dispuso también que la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos sea repuesta en su cargo de fiscal suprema titular, ello luego de que el Congreso aprobara inhabilitarla del ejercicio de cargos públicos por el plazo de 5 años.

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El pleno del Congreso tomó esa decisión basándose en la denuncia constitucional presentada contra Ávalos por la suspensión de la investigación contra Castillo Terrones, acusándola de presunta infracción al artículo 159 (inciso 4) de la Constitución y de los delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

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