El personal del servicio militar acuartelado recibirá la Remuneración Mínima Vital (RMV) como asignación económica mensual, la cual asciende a S/1,025, luego que este jueves 222 de junio el Congreso oficializó la norma que dispone esta medida en beneficio de los miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA.).
La Ley 31796, publicada hoy en el Normas Legales del diario El Peruano, establece en una remuneración mínima la asignación económica mensual para el soldado, grumete o avionero, que realiza el Servicio Militar Acuartelado; de conformidad con el artículo 54, numeral 4 de la Ley 29248, Ley del Servicio Militar.
Para las otras jerarquías del personal de tropa, que presta el servicio militar acuartelado, la asignación económica mensual se fija teniendo como monto base la RMV, señala la norma. En este caso, es aprobada por el Ministerio de Defensa en noviembre de cada año y rige a partir de enero del año siguiente, señala el dispositivo legal.
La norma es firmada por el presidente del Congreso, José Williams y la primera vicepresidenta, Martha Moyano.
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Cuando esta iniciativa legislativa era sustentada, el titular del Parlamento mencionó que esta ley es importante porque existe un déficit de personal en los cuarteles del país, problema que debe ser atendido de manera urgente, por lo cual dentro de las medidas para superar esta situación, el servicio militar debe ser también atractivo para los jóvenes.
Asimismo, afirmó que, el modelo voluntario no sólo comprende la libertad de elección de los jóvenes, sino que implica mejorar las condiciones en las que se desarrolle el servicio militar y los beneficios e incentivos que otorga el Estado.
“Desde que se publicó la Ley del Servicio Militar el 2008, hasta la fecha, no se ha aprobado un ley que determine el monto de una asignación económico mensual al personal que presta servicio militar”, indicó el congresista José Williams, autor de la iniciativa legislativa.
Observada por el Ejecutivo
El Gobierno observó esta autógrafa de ley al argumentar que la remuneración económica que recibe el personal del servicio militar corresponde a un servicio realizado fuera de una relación laboral y constituye un gasto por encargo.
Asimismo el Ejecutivo señaló que de acuerdo con el Decreto Legislativo 1132, el monto de la asignación económica se determina como un porcentaje de la remuneración consolidada del suboficial de menor rango, y que la implementación de dicha asignación generaría un costo que no está contemplado en los saldos presupuestarios previstos en la Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2023.