Se abre camino para la adquisición de las vacunas contra el COVID-19, tras la publicación del decreto de urgencia 110-220 en el que se establecen medidas extraordinarias para este proceso, que lo liderará el Ministerio de Salud (Minsa).
Como se recuerda hasta el momento hay 16 laboratorios con quienes se conversa para la adquisición de las vacunas contra el coronavirus, tal como se observa en la tabla al final de la nota.
Ante ello, era necesario fijar el marco legal, dado que las compras del sector público se realizan bajo la Ley de Contrataciones del Estado y dado el escenario singular de las vacunas era necesario fijar parámetros para la adquisición de las vacunas, dado que las pruebas aún no han culminado. Por ello no se pueden establecer las mismas reglas para este proceso de compras.
De esta manera, el DU faculta al Minsa a suscribir contratos, acuerdos y/o convenios con el sector privado que resulten necesarios a fin de que este último financie, cofinancie o brinde colaboración de cualquier índole para la adquisición, conservación, distribución y aplicación de vacunas contra la COVID-19.
En el documento se informa que dicho proceso se excluye de la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado para estos actos.
Riesgo cubierto
En la norma se precisa que el financiamiento, cofinanciamiento o colaboración puede estar orientado también a cubrir los riesgos que implique la aceptación de las condiciones que imponga el mercado comercializador de las vacunas, así como a financiar, cofinanciar o colaborar en las acciones y/o contrataciones destinadas a la conservación, distribución y/o aplicación de las vacunas.
Este es uno de los parámetros cuestionados y los temores de los funcionarios públicos para aprobar la suscripción de acuerdo con los laboratorios, dado que un eventual acuerdo de compra podría llevar consigo a que la vacuna no tenga el resultado esperado.
Actualmente los laboratorio ofrecen las vacunas con riesgo compartido, dado que aún no se concluyen las investigaciones. Así, en el eventual caso que el proceso no concluya de manera satisfactoria, el riesgo financiero se comparte entre el laboratorio y el país adquiriente, en otras palabras el adelanto se podría perder.
En opinión del viceministro de Salud, Luis Suárez, la mejor opción es ir por los laboratorios que no exigen riesgo compartido, sin embargo es parte de proceso de negociación que se presentan con los laboratorios.
En la norma se precisa que, el Minsa podrá delegar o encargar en entidades públicas las contrataciones para la adquisición, conservación, distribución y/o aplicación de las vacunas, así como la celebración de contratos, acuerdos y/o convenios con el sector privado y para ello podrá efectuar gastos con cargo a su presupuesto institucional, orientados al cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco de tales contratos, acuerdos o convenios.
Convenios
Se autoriza durante Año Fiscal 2020 al Minsa efectuar adquisiciones de vacunas contra la COVID-19, a través de organismos internacionales u otras formas de asociación u organización conformadas con dicho fin.
Cabe indicar que uno de los procesos de adquisición de vacunas es el Covax Facility, una iniciativa que integra a organismos internacionales como la OMS y otras entidades, para la adquisición del 20% de vacunas a nivel global.
De esta manera la ministra de Salud podría suscribir convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluidas sus adendas con dichos organismos, previo informe técnico, que demuestre las ventajas del convenio en términos de eficiencia económica, así como las garantías de una entrega oportuna.
Así, el Minsa queda autorizado a realizar transferencias financieras, con cargo a su presupuesto institucional para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga.
Los contratos, acuerdos y/o convenios deben ser publicados en su portal electrónico institucional dentro de los 15 días útiles siguientes a la celebración del mismo.
El decreto de urgencia tiene vigencia hasta el 28 de julio de 2021.