El Gobierno estableció a nivel nacional que, desde el 15 de diciembre del presente año, los choferes y cobradores de transporte público y repartidores de delivery deberán acreditar vacunación completa contra la COVID-19 para operar.
A través del Decreto Supremo N° 168-2021-PCM, detalla también otras medidas como que, deberán certificar las dos dosis los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados y aquellas empresas con más de 10 trabajadores que operen de manera presencial con todos sus empleados.
Transporte interprovincial
Este pedido también se ha extendido al servicio de transporte interprovincial, para lo cual la medida establece que los mayores de 45 años solo podrán abordar el servicio de transporte interprovincial terrestre si acreditan sus dosis completas contra la infección.
Cabe recordar que el ministro de Salud, Hernando Cevallos, había adelantado esta medida durante una conferencia de prensa del Consejo de Ministros del pasado miércoles 13 de octubre.
“Si bien [la vacuna] es voluntaria, ningún ciudadano tiene derecho a contagiar a otro. Si uno viaja en ómnibus interprovincial, la persona que se sienta al lado tendrá menos posibilidades de contagiarse”, explicó Cevallos.
El Decreto Supremo fue refrendado por el presidente Castillo, la premier Mirtha Vásquez y todos los ministros.