
A través del anticipo de herencia las personas pueden transferir la integridad de su derecho o parte de un inmueble, como lo crea conveniente, a favor de sus herederos a fin de evitar futuros conflictos.
Para ello, se debe realizar un trámite en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).
Dicho anticipo de legítima —también denominado así— es la donación o liberación de bienes en favor de quienes la ley denomina herederos forzosos: que abarca cónyuge e hijos, así como a padres, abuelos o bisabuelos.
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Vale acotar que todos los hijos tienen derecho a recibir la herencia en la misma proporción, sin tomar en cuenta si son fruto de una relación matrimonial o no. Tampoco se considera su situación económica.
¿Cómo realizo el trámite de herencia anticipada?
No es un acto unilateral, explican desde Sunarp. Se requiere la participación de los herederos forzosos que serán beneficiados.
En primer lugar, se debe elaborar una minuta que constate la cláusula de aceptación del anticipo de legítima. Esta deberá ser elaborada, firmada y sellada por un abogado. En el documento se registrará la intervención de quien da el anticipo de herencia expresando su voluntad, y la del anticipado (beneficiario), manifestando su aceptación.
En ese papel se detallará en forma individual el bien o los bienes que se transfieren, su valor real y las cargas que ha de costear (hipotecas, arbitrios, entre otras), de ser el caso.
Una vez escrito, la minuta se elevará ante un notario público para su inscripción en la Sunarp.
Requisitos para presentar el anticipo de herencia
Parte notarial de la escritura pública, con intervención del anticipante y el beneficiario de dicho anticipo, en la que se constatará el valor asignado del bien dado.
Además, se requiere una copia certificada de la partida de nacimiento o de matrimonio, dependiendo el caso, del beneficiario del anticipo, salvo que la misma se encuentre inserta en la escritura pública.
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También se tiene que realizar el pago de los derechos registrales.
Los precios de los derechos registrales varían según el inmueble dado como anticipo de herencia: si el predio es igual o menor a S/ 35,000 la tasa de calificación es de S/ 43,30 y el valor de la transferencia se multiplica por 1.5 y divide entre 1,000.
En tanto, si el predio vale más de S/ 35,000, la tasa de calificación es de S/ 43,40 y la tasa de inscripción se multiplica por 3 y luego se divide entre 1,000.
Cuota de libre disposición: ¿qué es?
Es la parte del patrimonio que no está reservado exclusivamente a los herederos forzosos. En este caso, la persona puede dar parte de sus bienes a un tercero, como por ejemplo, a una institución.
Si un titular desea disponer de la cuota de libre disposición de su patrimonio, teniendo herederos forzosos, solo podrá hacerlo sobre la tercera parte de sus bienes.
Y si los herederos son padres, abuelos o bisabuelos, se podrá disponer libremente de hasta la mitad de los bienes. Esta cuota puede ser derivada a uno de los hijos, a fin de mejorar la parte de su herencia.