La Defensoría sostiene que la verificación de los medidores de consumo de agua debe ser realizada por un organismo independiente y no las EPS.
La Defensoría sostiene que la verificación de los medidores de consumo de agua debe ser realizada por un organismo independiente y no las EPS.

La recomendó a la no aprobar el proyecto que modifica la normativa de calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, en el cual permite que las empresas prestadoras de servicio (EPS) sean las encargadas de verificar los medidores de consumo de agua.

¿Cuál es el problema? La Defensoría sostiene que, dejar que una EPS verifique de manera periódica los medidores, no garantiza que se realice de forma objetiva y parcial, lo que podría resultar perjudicial para los usuarios/as.

En ese sentido, afirmó que la verificación de los medidores debían hacerlo organismos autónomos.

“La verificación de los medidores de consumo de agua debe ser realizada por un organismo independiente, que no comercialice medidores ni tenga relación con el fabricante o proveedor de los mismos, ni intervienen en el diseño, fabricación, suministro, instalación, compra, propiedad, uso o mantenimiento de los ítems inspeccionados”, señaló la defensora del Pueblo, Eliana Revollar.

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No es la solución a la falta de control metrológico

En otro momento, la institución señaló que el proyecto normativo no contribuye a la solución de la falta de control metrológico que vienen originando problemas de facturación a las personas usuarias y a la gestión comercial, así como a la sostenibilidad financiera de las EPS. Por el contrario, se afecta el adecuado control para una medición del consumo.

Además sostuvo que una adecuada medición no solo protegería a los usuarios, sino también a las empresas prestadoras.

“Se requiere garantizar una adecuada medición del consumo del agua potable, lo que no solo protege los derechos de los usuarios por una adecuada facturación, sino que también beneficiaría a la gestión comercial y la sostenibilidad financiera de las empresas prestadoras, evitando el sobrerregistro y el subrregistro”, dijo Revollar.

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Sobre el Reglamento

Como se recuerda, el 23 de diciembre del 2022 se publicó la Resolución de Consejo Directivo n.° 128-2022-SUNASS-CD, que dispuso la difusión del proyecto de modificación del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento.

Actualmente, las EPS están obligadas a realizar una verificación periódica de todos los medidores domésticos, al menos una vez cada cinco años. Esta verificación debe ser realizada por un organismo independiente (conocidos como Unidades de Verificación Metrológica – UVM).

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