Con un Decreto de Alcaldía (Nº 08-2023-MSS), la Municipalidad de Santiago de Surco oficializó lo precisado ya por su alcalde, Carlos Bruce, que “la actividad ambulatoria del lavado de parabrisas y otros en la vía pública es una actividad prohibida en el distrito”.
Su artículo primero señala: “precisar que la actividad ambulatoria del lavado de parabrisas y otros en la vía pública es una actividad prohibida en el distrito de Santiago de Surco, en aplicación de la Ordenanza Nº 540-MSS”.
Además el Decreto de Alcaldía -firmado por el alcalde del distrito- reitera el cumplimiento de la Ordenanza Nº 611-MSS, modificada por la Ordenanza 643-MSS, el cual establece el cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Santiago de Surco. Se sancionará a quien “realice o permita a terceros que se realice el lavado de su vehículo en la vía pública”. La multa es del 10% de una UIT, es decir, S/ 495.00.
La Gerencia de Seguridad Ciudadana, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa; y la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana serán las encargadas, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, de llevar a cabo operativos para la erradicación de la actividad ambulatoria del lavado de parabrisas en la vía pública; y con las demás entidades del Estado para los casos en que exista la presencia de menores de edad.
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Justamente, a través de su cuenta de Twitter, el alcalde Bruce había anunciado ayer que “ha raíz de hechos de violencia que vienen ocurriendo en la capital”, había firmado el Decreto de Alcaldía “ordenando al Serenazgo, en coordinación con la Policía Nacional, que erradiquen la actividad de los limpiadores de lunas y lavadores de carros en la vía pública en Surco”.
Recientemente el alcalde Rafael López Aliaga anunció que solicitará que se prohíba el trabajo de limpiaparabrisas en todo Lima. Este anuncio lo dio luego del asesinato del taxista Gian Marco Caro Núñez, quien fue apuñalado por el ciudadano extranjero José Girón, luego de negarse a pagar para que limpie su vehículo.
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