La mercado de motocicletas en el Perú ha registrado un ligero crecimiento y espera, al final de este último trimestre, cumplir con los objetivos trazados a inicios de año. Según la Asociación Automotriz del Perú, a setiembre de 2024, la venta de motos lineales ha tenido un ligero ascenso de 0.9% en comparación a las cifras del 2023; habiéndose vendido hasta el mes anterior un total de 181,590 unidades. Pero, ante nuevas restricciones ¿podría cambiar la tendencia?
El impacto positivo que se ha registrado, evidentemente, es generado por el uso de este vehículo como herramienta de trabajo y como alternativa de solución al tráfico limeño. Este vehículo también es de mucha utilidad para el transporte de personas en zonas alejadas; especialmente en la selva.
No obstante, su uso ahora es cuestionario. Según datos policiales, entre enero y agosto de este año, el 80% de las víctimas de sicariato fueron atacadas por delincuentes a bordo de motocicletas, lo que ha emitido una alerta a los diferentes alcaldes de los distritos de Lima Metropolitana, especialmente de Lima Norte.
En ese sentido, se ha planteado la aplicación de una controvertida ordenanza, que limita la cantidad de pasajeros a bordo de una motocicleta. Incluso, el ministro de Transportes y Comunicaciones (MTC), Raúl Pérez-Reyes, adelantó que el Poder Ejeuctivo emitirá un decreto supremo sobre el desplazamiento de las motos lineales a fn de que este se realice con un solo pasajero en situaciones de emergencia cuando se declare en estado de emergencia en una zona.
Para las empresas distribuidoras de este medio de transporte, esta medida podría derribar el porcentaje de ventas, pero ¿de qué trata la propuesta?
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Ejecutivo a favor
“Se habilitaría esta situación restringiendo los derechos que la Constitución permita y se deje que las motos no operen con más de un conductor“, expresó el ministro Raúl Pérez-Reyes, tras recordar que estamos en estado de emergencia en algunas zonas de Lima.
“Estamos ya cerrando la redacción de un decreto supremo a efectos del tema del desplazamiento en las motos lineales con un solo pasajero cuando se declare en estado de emergencia (...) en este momento estamos en estado de emergencia por lo que estamos evaluando sacar un decreto supremo en ese sentido”, agregó.
El Ministro dijo que han analizado la medida en otros países como Colombia y han visto que cuando se ha hecho la restricción se ha reducido la criminalidad.
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Sobre la Ordenanza Municipal
A la fecha, hay siete distritos de Lima Metropolitana que han dispuesto la aplicación de una ordenanza municipal que prohíbe “la circulación de motos lineales con más de un ocupante durante el período del estado de emergencia” como medida para enfrentar la inseguridad ciudadana, y un distrito que estaría por sumarse. La multa, inclusive, es de 1 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), es decir, un pago de S/ 5,150.
Estos distritos son:
- Independencia
- Puente Piedra
- San Martín de Porres
- Ancón
- Comas
- Santa Rosa
- La Victoria
- Los Olivos (estaría por sumarse a la medida)
“Es importante saber que un 20% de los hogares en zonas rurales y un 13.7% a nivel nacional, dependen de las motocicletas como su principal medio de transporte”, dijo a Gestión, Jaime Graña Belmont, gerente general de la Asociación Automotriz del Perú.
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Impacto económico
“Es difícil de dimensionar, pero podríamos estar hablando de una caída del 10% al 15% en volumen de venta de motocicletas”, comentó a este diario Carlos Lacalle, gerente comercial de Indian Motos SAC, distribuidora oficial de la marca TVS.
“Es un perjuicio económico a partir de un perjuicio al derecho de libre tránsito. Es incentivar que las personas dejen de comprar motocicletas y opten por volver a usar el transporte urbano, lo cual aumentará los tiempos de desplazamiento y se necesitará más unidades”, agregó.
En ese sentido, Lacalle también señala que este último trimestre se está notando un pequeño incremento en la venta de motos, pero que este tipo de noticias y propuestas podría “afectar negativamente las proyecciones que se tenía para los siguientes meses”.
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Motociclistas en contra
La Asociación de Motociclistas del Perú, como era de esperarse, está en contra de la propuesta. David Montes, representante de este gremio, considera que están siendo discriminados y se está violentando sus derechos. Además que, una medida de tal magnitud podría ahuyentar a público que desea adquirir una moto, ya que no sería rentable.
“Esta medida adquiere un impacto negativo en la ciudadanía. Estas personas que podrían dejar de utilizar la moto para trasladar a sus familiares, o incluso empresas que movilizan a trabajadores, les va a generar un sobrecosto. Es sumarle un gasto a sus pasajes, porque ya no van a poder ir dos personas en una moto. Y todo esto viniendo de una economía golpeada por la pandemia”, señaló Montes a este diario.
Asimismo, recalcó que la medida no ha funcionado en países vecinos que intentaron aplicarla. Por ejemplo Colombia, donde se aplica esta iniciativa de forma parcial, pero que realmente “no es efectiva”.
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¿Cómo se aplicó esta norma en Colombia?
Según estudios de la Facultad de Economía de la Universidad de Los Andes en Colombia (2020), “aunque las restricciones a motocicletas han sido adoptadas en más de 25 ciudades en Colombia para reducir el crimen, no existe evidencia empírica que demuestre su efectividad”.
“No encontramos grandes efectos de estas medidas, ni efectos duraderos, sobre el delito. Dado los costos de vigilar su cumplimiento y los costos que se imponen sobre la ciudadanía, las autoridades locales deberían buscar otras alternativas de política pública en materia de seguridad”, destaca las conclusiones del citado estudio.
Alberto Sánchez, investigador y consultor en temas de seguridad ciudadana de Colombia, en diálogo con Gestión, indicó que esta medida “tiene algunos efectos muy limitados sobre el hurto. Es decir, los robos al paso o de oportunidad, y tiene pocos efectos sobre el homicidio”.
“Es una medida muy popular en Colombia. Sin embargo, esa popularidad no va de la mano ni con su eficiencia ni con su impacto”, agregó.
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¿Aplicar esta ordenanza es constitucional?
“Estas ordenanzas son inconstitucionales por ser desproporcionales y afectar los derechos de los ciudadanos que hacen un uso legal de estos vehículos”, dijo a este medio Valeria Morón, abogada socia en Macera & Morón Abogados.
“Si bien la lucha contra la criminalidad es un objetivo legítimo, para conseguir ello no puede dictarse cualquier medida que se considere acorde con la finalidad, más aún si va a restringir derechos fundamentales”, agregó.
En este caso, según explica la abogada Valeria Morón, se vulnera el derecho a la libertad ambulatoria al prohibir que dos personas viajen juntas en un equipo que, en su mayoría de casos, se encuentra diseñado para para que viajen dos personas. La medida estaría afectando en forma desproporcional a aquellos propietarios o usuarios de motos que realizan un uso legal de estos vehículos.
Además, el ente competente para regular el uso correcto de las motos es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y no las autoridades municipales. “Debiera ser el MTC quien lo reglamente para que genere uniformidad de criterios a nivel nacional y evitar que cada distrito pueda tener una regla diferente que genere incertidumbre en la población”, puntualizó.
Escribo sobre política, economía y afines. Periodista con nueve años de experiencia en prensa escrita, radio y televisión.
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