Los pueblos indígenas de Perú lograron la entrada en vigencia de una “histórica sentencia” que ordenó que la consulta previa también se aplique a servicios públicos en sus territorios, informó la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).
Dicha resolución judicial entró en vigencia el último sábado, tras haber sido publicada en el diario oficial El Peruano, y permitirá que se consulte a los pueblos indígenas antes de desarrollar, entre otras, obras como carreteras, líneas de transmisión eléctrica o hidrovías, informó la organización.
La sentencia fue emitida por la Corte Suprema de Justicia el pasado 30 de noviembre y ratificó una primera resolución dada por un tribunal judicial el 13 de enero del 2021.
También podrá aplicarse con efecto retroactivo a los casos donde se haya omitido o negado el derecho desde el 2012, cuando se publicó el reglamento de la Ley de Consulta Previa en Perú, precisó DAR.
A su turno, el presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva (Aidesep), Jorge Pérez, señaló que “con esta medida el Estado facilitará que se incluya la mirada de los pueblos indígenas, así como criterios para la protección” de sus derechos.
“Es momento ahora de trabajar con el Ministerio de Cultura, de manera participativa” para establecer “una hoja de ruta para la aplicación de esta sentencia”, indicó.
La sentencia reconoce estándares internacionales para la consulta previa, como que debe garantizarse la participación de los pueblos indígenas en todas las fases de planeamiento e implementación de un proyecto o medida que pueda afectar su territorio.
Indica, además, que la consulta debe anteceder a la adopción de la decisión o implementación de la medida, para permitir su evaluación por los pueblos indígenas, y reitera al Estado peruano que el objetivo es conseguir el consentimiento sobre medidas que pueden afectar potencialmente sus derechos.
“Cada vez que exista una medida que puede afectar los derechos indígenas, este derecho puede ser activado. Esto implica que puede haber diversos momentos para ello, como la consulta en la fase de preinversión o la consulta del estudio de impacto ambiental”, comentó al respecto el especialista de DAR, Diego Saavedra.
El presidente del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (Idlads), Henry Carhuatocto, sostuvo que esta sentencia “marca un hito” en el reconocimiento de los derechos indígenas en Perú.
Aseguró que los proyectos de infraestructura “pueden tener enormes costos ambientales, culturales y sociales incluso poniendo en riesgo su propia subsistencia” de los pueblos indígenas.
Mencionó que esto se ha podido observar en temas como la Hidrovía Amazónica, un proyecto de dragado de grandes ríos de la Amazonía del país, y un conflicto surgido en las comunidades afectadas por la carretera Bellavista-Mazán-Salvador-El Estrecho, en la región amazónica de Loreto.
Carhuatocto consideró que esa es una “razón por la que no solo se justifica la consulta previa, sino el consentimiento libre e informado” de los pueblos indígenas.
El representante del Idlads enfatizó que, por ese motivo, tanto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) como el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) “deben respetar este derecho indígena sin excepciones”.
La sentencia que eliminó las limitaciones a la consulta previa se emitió tras un proceso impulsado por Aidesep, la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (Onamiap) y la Confederación Nacional Agraria (CNA), con la asesoría del Idlads y el apoyo de DAR.