
Desde el 14 de abril, y durante el tiempo que se mantenga el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao, el Ejecutivo ha establecido que las motocicletas solo podrán transitar con el conductor, prohibiendo llevar acompañantes. Aunque la medida empezó a aplicarse desde el jueves 17 de abril, un proyecto de ley recientemente presentado podría variar las excepciones, lo que podría alterar su efectividad y resultados. ¿Por qué?
Lo que dispone el Decreto Supremo
El Decreto Supremo N° 046-2025-PCM, publicado el domingo 13 de abril en una edición extraordinaria del Diario Oficial, señala en su artículo 4 que durante la vigencia del Estado de Emergencia y la prórroga “se restringe el acceso a las vías a los vehículos menores de las categorías vehiculares L1 y L3, los cuales solo podrán circular con su conductor, sin llevar ningún acompañante”.
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Asimismo, menciona que se prorroga por 30 días el estado de emergencia declarado en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao.
Eso sí, el DS señala que se exceptúa del cumplimiento de la restricción y las obligaciones dispuestas al personal de la Policía Nacional de Perú, de las Fuerzas Armadas, del serenazgo municipal y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en ejercicio de sus funciones.

¿Qué propone el PL N° 10836?
El 14 de abril, se presentó en el Congreso el proyecto de ley N.º 10836/2024-CR, impulsado por la congresista Hilda Portero, de la bancada de Acción Popular. La iniciativa busca regular el uso de vehículos menores motorizados de las categorías L1 y L3, estableciendo que solo pueda viajar una persona sin acompañante. El objetivo del proyecto es implementar medidas orientadas a prevenir delitos que afecten la seguridad pública, como robos, asaltos, homicidios y otros crímenes cometidos utilizando estos vehículos como medio de desplazamiento o escape.
Aunque la propuesta legislativa comparte ciertos elementos con las medidas establecidas por el Ejecutivo a través del Decreto Supremo, se diferencia en aspectos clave como la intención de hacer permanente la restricción y en las excepciones contempladas. Estas variaciones podrían tener un impacto considerable, no tanto en la prevención del delito como se plantea, sino más bien afectando negativamente a determinados sectores de la población.

Críticas a PL que restringe transporte en vehículos menores
La iniciativa ha sido calificada como desproporcionada por el abogado laboralista Juan Valera, quien cuestiona la permanencia de la restricción planteada. En diálogo con Gestión, Valera advirtió que el proyecto parte de una generalización que asocia a todos los usuarios de estos vehículos con actividades delictivas.
“El proyecto está diseñado para que la restricción sea permanente, salvo algunas excepciones. El problema es asumir que los delitos ocurren solo en estos vehículos. Incluso dentro de esta categoría están los mototaxis, que ni siquiera han sido considerados, lo cual evidencia una falta de coherencia”, señaló.
Valera también recordó que delitos contra la seguridad pública se cometen en distintos tipos de vehículos, no solo en los L1 y L3. Además, enfatizó que muchas personas utilizan estos medios para movilizarse en pareja, por ejemplo, por lo que una prohibición de carácter permanente resultaría excesiva.
Asimismo, criticó que se contemple como excepción el uso laboral de estos vehículos sin considerar el alto grado de informalidad existente. “¿Cómo se va a acreditar un uso laboral o comercial si no hay formalización previa? Se parte de una premisa equivocada”, comentó, y añadió que la medida terminaría afectando negativamente a quienes dependen de estos vehículos para su sustento diario.
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Otro punto cuestionado por Valera es la aplicación territorial limitada del proyecto, que solo regiría en Lima Metropolitana y Callao. “Si salgo de Lima y entro a Mala, ya no aplica la norma. Esto demuestra que se está legislando en función de la coyuntura, sin evaluar realmente la necesidad o el impacto”, añadió.
Finalmente, el especialista consideró que, si el objetivo es prevenir delitos, la solución no debe ser una restricción generalizada, sino fortalecer la vigilancia y el control del uso de estos vehículos por parte de las autoridades competentes. El abogado considera que la medida tendrá como efecto negativo impactar en la demanda y utilización de este tipo de transporte.
“Esta medida no va a resolver la grave inseguridad que tenemos, pues se seguirán cometiendo delitos. Es responsabilidad de la autoridades realizar el trabajo de inteligencia correspondiente para desarticular las organizaciones delictivas y, de esta forma, garantizar la seguridad de todos, no considero correcto trasladarle esa responsabilidad al ciudadano”, finalizó.

Licenciado en Ciencias de la Comunicación, con especialidad en Periodismo, por la Universidad Tecnológica del Perú, con más de 12 años de experiencia en medios de comunicación. Actualmente escribo sobre política, economía y actualidad.