El voto electrónico presencial es distinto al no presencial, aclaró el presidente del IIPDE, José Villalobos. (Foto: Mario Zapata/ GEC)
El voto electrónico presencial es distinto al no presencial, aclaró el presidente del IIPDE, José Villalobos. (Foto: Mario Zapata/ GEC)

La aplicación del voto electrónico no presencial no es viable en los comicios generales del 2021, por lo que se deben mirar las experiencias de otros países, que organizarán procesos similares en los próximos meses, para llevar adelante los sufragios en el Perú, señaló el presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), José Villalobos.

Ante ello, señaló la necesidad de que el Congreso de la República debata cuanto antes las normas de carácter procedimental para crear las condiciones que eviten los contagios por el COVID-19 durante el segundo domingo de abril del próximo año.

“En ningún momento, el voto electrónico no presencial ha sido planteado como una opción para los sufragios del 2021, porque es un sistema que no está probado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en comicios oficiales”, precisó a la Agencia Andina.

Villalobos agregó que no existe la capacidad para aplicarlas en elecciones generales de gran envergadura.

“La ONPE, con las justas, implementó el voto electrónico presencial, que es distinto al no presencial que implica que la ciudadanía vote mediante un teléfono o internet”, dijo.

“Es una modalidad [no presencial] que se aplica en único país con éxito, en Estonia, Europa, que cuenta con un millón y medio de electores, pero en ninguna otra nación se usa al 100%. Entonces, no es una propuesta para el próximo año [en el Perú]”, recalcó.

Procesos

El presidente del IPDE consideró que el Perú deberá mirar experiencias de otros países que estarán llevando a cabo elecciones en los próximos meses durante la pandemia, como Corea que lo hizo el 15 de abril último.

Villalobos mencionó también a Surinam, que organizó un proceso en mayo; a Bolivia, que tiene pendiente sus elecciones presidenciales; a Ecuador que las organizará el próximo año; a Chile con su plebiscito; y a Estados Unidos, con sus elecciones en noviembre. 

“El Pacto de San José establece que ningún estado de emergencia puede suprimir el derecho al sufragio. Las autoridades electorales deben tomar las medidas para que, con los protocolos del caso, salvaguardando la salud y vida de las personas, continúe la democracia y se vote”, aseveró.

El especialista manifestó que, si existen protocolos para que los comercios comiencen a operar, tienen también que haber estos procedimientos para que los sufragios se puedan llevar a cabo el próximo año.

Villalobos recordó que el 15 de julio, como máximo, el presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, tiene que convocar a elecciones y “hubiera sido saludable” se tenga claro todo el marco legal claro.

“Sin embargo, el tema procedimental se puede aprobar en setiembre o un poco más porque vamos a tener que ver el avance del virus y cómo les va a otros países que organizarán pronto elecciones”, sostuvo.