El Tribunal Constitucional (TC) emitió un pronunciamiento respecto a la reunión que sostuvo su presidenta, Luz Pacheco, con el etnocacerista Antauro Humala el 21 de octubre. En su aclaración, el TC subrayó que recibir a los litigantes no significa que se emita un fallo favorable a ellos.
En un comunicado, la institución indicó que su actual presidenta, desde su elección como magistrada, atiende a todos los ciudadanos y sus abogados que tienen procesos en trámite, siempre que se coordine previamente a través de su secretaría.
“La cita otorgada al ciudadano Antauro Humala Tasso no se extendió más de diez minutos, aunque esa persona haya permanecido media hora en las instalaciones del Tribunal. Como en todos los casos, recibir a esas personas no implica emitir un fallo favorable a los interesados. Se trata de un momento de escucha a los litigantes y sus abogados, que es política de varios magistrados del Tribunal”, subrayó.
“En el caso del ciudadano Humala Tasso, cabe indicar que el expediente seguido a su favor, ingresó al Tribunal Constitucional el 5 de setiembre de 2024 (Exp. N.º 03088-2024-HC); esto es, previamente a la reunión desarrollada el 21 de octubre de 2024, por lo que se le dio a conocer la alta carga procesal y la importancia de resolver los casos más antiguos”, sentenció.
Detalles de la reunión
De acuerdo con el diario Perú21, la “reunión de trabajo” tuvo lugar en la sede del TC en San Isidro, entre las 15:55 y las 16:20 horas, y está registrada en el portal de Transparencia de la institución, donde se indica que fue “persona natural - a título personal”.
En la reunión también estuvo presente Carmen Huidobro, abogada del militar en retiro condenado, así como el excongresista Óscar Medelius, miembro de la agrupación de Humala Tasso.
Cabe mencionar que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema declaró ilegal a la organización política Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.), asociada a Antauro Humala, y ordenó su disolución.
De esta manera, la Corte aceptó la demanda presentada por la Fiscalía de la Nación en julio pasado, al calificar a esta organización como “antidemocrática” y señalar que “promovía atentados contra la integridad de las personas”.
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