
El Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda de inconstitucionalidad contra la ley que prorroga la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).
El Pleno de esta institución declaró, por mayoría, la improcedencia de la demanda presentada por el Colegio de Abogados de Loreto. Este requerimiento tenía como objetivo declarar inconstitucional los artículos 1 y 2 de la mencionada ley.
Sin embargo, el TC precisó que los poderes del Estado no pueden seguir aprobando leyes que usen el proceso de formalización minera para evitar que los responsables de delitos ambientales sean sancionados. Además, indicó que no se puede seguir extendiendo este régimen de manera permanente.
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El Tribunal Constitucional argumentó que “no resulta constitucionalmente amparable que se regule un marco de exención penal, referido a los delitos ambientales, en ningún proceso de formalización minera, ni en ninguna prórroga del régimen transitorio, ni en ninguna política pública que regule dicha actividad de manera permanente”. Precisó que es deber del Estado garantizar el derecho a un medio ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la persona.
El organismo pidió al Congreso y al Poder Ejecutivo elaborar un plan programado hacia un nuevo sistema, orientado a la formalización de la minería artesanal y de pequeña escala. Esta debe contar con la perspectiva de los mineros, concesionarios y las comunidades.
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Asimismo la entidad, con respecto a la formalización de la minería artesanal y de pequeña escala (MAPE), indicó que se han logrado escasos avances. Alertó que, si no se abordan adecuadamente los problemas asociados con ello, estos se agravarían afectando a las poblaciones más vulnerables, además de reducir los ingresos fiscales que el gobierno debe percibir, entre otros.
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