La Procuraduría General del Estado (PGE) someterá  a evaluación previa al Procurador del Congreso Yuri García.  (Foto: Agencia Andina)
La Procuraduría General del Estado (PGE) someterá a evaluación previa al Procurador del Congreso Yuri García. (Foto: Agencia Andina)

La Procuraduría General del Estado (PGE) someterá a evaluación previa al Procurador del Congreso Yuri García Cano y al  Procurador Adjunto, Manuel Eduardo Peña Tavera.

“La Unidad de Evaluación, Supervisión, Control y Fiscalización de la Oficina de Control Funcional de la Procuraduría General del Estado, ha iniciado la etapa de evaluación previa contra el señor Yuri García Cano, abogado de la Procuraduría Pública del Poder Legislativo y contra el señor Manuel Eduardo Peña Tavera, Procurador Público Adjunto del Congreso de la República, de acuerdo al procedimiento regulado en la Directiva N° 0001-2022-PGE/PG”,  informó a través de un comunicado.

La medida se adoptó ante los cuestionamientos al desempeño de García Cano, ante el Tribunal Constitucional al defender el proceso por traición a la patria ante los hábeas corpus que presentó el presidente ante el máximo interprete de la Carta Magna.

El vocero de Alianza Para el Progreso (APP), Alejandro Soto,  calificó como “lamentable” el desempeño del abogado durante  en la sesión del 15 de noviembre sobre la posibilidad de sancionar como traición a la patria los dichos de Castillo Terrones en la entrevista que brindó a CNN.

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El ente rector del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado (SADJE) precisó que la PGE tiene como función central velar por el eficiente ejercicio de la defensa jurídica del Estado, dentro del ámbito de sus competencias, así como, ejercer las acciones de evaluación, supervisión, control, fiscalización, instrucción y sanción administrativa disciplinaria de los/las procuradores/as públicos/as de todos los niveles de gobierno y otros operadores del Sistema, cuando se trate de aspectos funcionales en ejercicio de su actividad.

Añadió que el ejercicio de la defensa jurídica del Estado se rige de manera irrestricta por el principio rector de autonomía funcional, en virtud del cual los operadores del Sistema organizan y ejercen sus funciones libres de influencias e injerencias, en tanto definen de manera única y exclusiva la estrategia de defensa jurídica en los casos que tienen a su cargo; sin intervención del ente rector.