Presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, sostuvo que Fiscal de la Nación estaría incurriendo en infracción constitucional. (Foto: Congreso)
Presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, sostuvo que Fiscal de la Nación estaría incurriendo en infracción constitucional. (Foto: Congreso)

El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana (APP), se pronunció respecto a la decisión del de denunciar constitucionalmente a 11 legisladores que fueron miembros de la en el periodo 2021-2022, como presuntos autores del delito de negociación incompatible en agravio del Estado.

“Es fundamental que el Ministerio Público actúe con respeto al orden constitucional y el Estado de Derecho”, expresó Salhuana a través de las redes sociales.

El presidente del Parlamento sostuvo que la Fiscal de la Nación , de esta manera, está esconociendo el art. 93 de la Constitución. “Esto podría configurar una infracción constitucional, aplicable bajo el art. 99 de la Carta Magna”, afirmó.

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Los congresistas denunciados

Los congresistas denunciados son: José Williams, Jorge Montoya, Roberto Chiabra, José Cueto, Alfredo Azurín, Hamlet Echevarría, Américo Gonza, Patricia Juárez, Juan Carlos Lizarzaburu, Pedro Martínez y Lucinda Vásquez.

“Se les atribuye haberse interesado indebidamente y directamente en la aprobación del dictamen recaído en el Proyecto de Ley N°319/221-CR con su texto sustitutorio”, indicó la Fiscalía.

Esto, habría permitido que Williams, Montoya, Chiabra, Cueto y Azurín puedan acceder a la percepción de sueldo y pensión de forma simultánea; es decir, cobraron un doble sueldo del Estado sin ninguna restricción ni límite del monto total, debido a su doble condición de funcionarios públicos en cargos de elección popular y pensionistas de las y de la .

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Tanto Williams como Montoya, Chiabra y Cueto se habrían beneficiado con esta ley en su calidad de militares en retiro pensionistas de las FF.AA., mientras que Azurín es pensionista de la PNP.

La ley en mención, de autoría de , fue aprobada por el Pleno en mayo del año 2002 y derivada al Ejecutivo para su respectiva promulgación.

Entre otros aspectos, la norma permite que los pensionistas de las FF.AA. y de la PNP puedan “percibir simultáneamente remuneración y pensión del Estado; exceptuándolos del monto máximo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N.º 038-2006 y del numeral 10.2 del artículo 10 de la Ley N.º 29626″.

En aquella oportunidad diversos expertos cuestionaron la aprobación de dicha propuesta debido a que, con argucias legales, permitía que un grupo de legisladores cobren un doble sueldo del Estado.

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