
El Congreso de la República publicó la Ley N° 32269, que establece que las dietas de los regidores equivaldrán al 30% de la remuneración percibida por el alcalde de la jurisdicción a la que pertenecen.
La norma fue publicada este sábado 22 de marzo en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se establece la modificación del artículo 12 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y aplica para regidores de municipalidades distritales y provinciales.
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"El monto de las dietas que perciben los regidores corresponde al 30 % de la remuneración mensual del alcalde, del cual se descuentan las inasistencias. Se pagan por asistencia efectiva a las sesiones. Se reajustan automáticamente conforme varíe la remuneración del alcalde. Los reajustes son publicados obligatoriamente bajo responsabilidad“, indica el texto legal incorporado.
Aquellas municipalidades que aún no hayan establecido normativamente el monto de las dietas de sus regidores, podrán acogerse a lo dispuesto en esta ley en un plazo no mayor de tres meses.
Igualmente, se prohíbe autorizar cualquier pago de devengados por dietas anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley, añade la publicación de hoy con las firmas del presidente y vicepresidenta del Legislativo, Eduardo Salhuana y Patricia Juárez, respectivamente.
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Durante el debate en el Congreso, la presidenta de la Comisión de Descentralización, Ana Zegarra (SP), afirmó que la propuesta busca establecer “criterios claros, justos y equitativos” para la fijación de dietas de los regidores, ya que actualmente cada municipalidad aplica sus propios criterios, lo que ha generado disparidades significativas entre municipios con características e ingresos similares.