Martín Vizcarra fue sentenciado a 14 años de prisión en el marco de los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Foto: GEC/Diana Marcelo
Martín Vizcarra fue sentenciado a 14 años de prisión en el marco de los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Foto: GEC/Diana Marcelo

La en el marco de los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.

En diálogo con Canal N, el procurador Carlos Fernández Muñoz enfatizó que dicha condena está debidamente sustentada en pruebas relacionadas a dichos proyectos. Además, recordó que durante el juicio oral se determinó que Vizcarra recibió sobornos por parte de las empresas contratistas.

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En ese sentido, recalcó que no existen fundamentos para alegar persecución política, tal como señala el exmandatario, ya que se trata de delitos con relevancia penal debidamente acreditados.

“No tenemos observaciones en cuanto a la justificación de la decisión de condena, porque han encontrado responsable no solo penal sino civil al señor Vizcarra. Esto descarta cualquier especulación”, indicó esta mañana.

Sin embargo, adelantó que su institución apelará el monto de la reparación civil impuesta a Vizcarra.

Según dijo, inicialmente solicitaron una reparación civil de aproximadamente S/ 4.6 millones, el doble del monto de las ‘coimas’ registradas; no obstante, los jueces solo decidieron otorgar el equivalente a los sobornos; es decir; S/ 2′236,000.

“Nosotros para ser congruentes con lo que hemos sostenido en el juicio oral hemos planteado, por eso, una impugnación única y exclusivamente en el extremo del monto de la reparación civil, no tenemos observaciones de fondo en cuanto al tema de la condena en sí”, remarcó.

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En otro momento, el procurador recordó que los ejecutivos de las empresas e , vinculadas a los proyectos cuestionados, fueron condenados por el delito de cohecho en los procesos de colaboración eficaz.

“Tienen una sentencia condenatoria, tienen una condena y justo estamos en la etapa de ejecución del pago de la reparación civil fijada en ambas sentencias”, señaló.

En el caso de Obrainsa, Fernández dijo que el acuerdo de colaboración eficaz aún no tiene carácter firme, por lo que la empresa mantiene su condición de tercero civilmente responsable en el juicio de Vizcarra.

“Una vez que la sentencia de homologación del acuerdo de colaboración eficaz sea firme, quedará excluida del proceso penal común”, anotó.

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