El Poder Judicial sanciona a las empresas que incumplan con el Decreto Supremo N° 003, artículo 29, conocido como el despido nulo. Este prohíbe a las empresas públicas y privadas que despidan a una mujer en estado de gestación de su puesto laboral.
LEA TAMBIÉN: PJ suspende investigaciones de Junta Nacional de Justicia contra Patricia Benavides
Esto lo hizo saber el juez supremo provisional Gino Yangali Iparraguirre, quien explicó que, de no acatarse esta norma, el Poder Judicial obliga a las instituciones que repongan a la madre a su puesto, más las remuneraciones devengadas, la cual puede incluir intereses.
“No se puede despedir a una mujer embarazada, las leyes las protegen. La sanción mayor es el denominado despido nulo y las empresas que la incumplen serán sancionadas con la reposición de la madre trabajadora más las remuneraciones devengadas que se cuentan desde el despido hasta la reposición”, indicó.
Además, el magistrado agregó que la Ley prohíbe a la empresa que cambie el horario de trabajo de la colaboradora o de removerla a otro puesto de trabajo, ya que esta acción puede percibirse como una medida de hostigamiento.
Sobre la licencia de maternidad, Yangali hizo hincapié en que la Ley 30667 otorga 98 días o 14 semanas, tiempo que fue establecido con los Convenios Internacionales. Asimismo, esta licencia puede ser extendida hasta por 30 días más, en el caso de que hubiese nacimientos múltiples.
Por otro lado, con respecto al periodo de lactancia, el juez supremo provisional afirmó que la Ley 26647 indica que la mujer tiene derecho a un periodo de lactancia.
LEA TAMBIÉN: Defensoría advierte riesgo de contagio para madres gestantes y en período de lactancia que regresen al trabajo
“El subsidio económico será igual a la remuneración habitual percibida. Este permiso de lactancia finaliza por licencia postnatal de una hora diaria de permiso hasta que el niño o niña cumpla un año de edad”, señaló.
Finalmente, indicó que la madre que regrese a su centro laboral debe contar un Lactario, con un espacio amplio y limpio para extraer y conservar la leche materna. De esta manera, podrá alimentar a su recién nacido.
Yangali insta a que estas leyes sean cumplidas, de lo contrario, el Poder Judicial o la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), sancionarán a las empresas, en el caso de que se presente una demanda.