
El integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Carlos Zavaleta, indicó que los jueces y juezas tendrán que analizar en cada caso concreto si aplican o no la Ley N° 32330, que permite juzgar penalmente a adolescentes de 16 y 17 años que cometan delitos.
“Aún no hay un posicionamiento para hacer un control difuso de la norma (…) tendremos que ver si podemos aplicar un control difuso o en todo caso procesarlo como una persona adulta que es sujeto de un proceso penal”, indicó el último sábado.
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El magistrado recordó que en Trujillo (La Libertad) ya se dictó una medida de prisión preventiva contra una persona de 16 años, que conforme a la ley aún es un menor de edad.
Añadió, además, que en las unidades de flagrancia se tendrán que ver los casos de adolescentes, siempre que sean detenidos cometiendo un acto en flagrancia.
En la víspera, la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello, anunció que la Sala Plena de la Corte Suprema evalúa la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra la referida ley.
En tanto, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público ya hicieron lo propio y presentaron dichas demandas ante el organismo constitucional.
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UNIDADES DE FLAGRANCIA
En otro momento, Zavaleta remarcó que a raíz de la dación de la Ley 32348 (Ley que crea el Sistema Nacional Especializado en Flagrancia Delictiva), todos los procesos que se originen en un delito flagrante serán tratados en las unidades de flagrancia.
Sin embargo, precisó que esta norma exceptúa su trámite en las unidades de flagrancia delitos como crimen organizado, terrorismo, lavado de activos y corrupción de funcionarios, debido a su complejidad y porque ya tienen juzgados especializados.
Señaló que en las unidades de flagrancia el proceso se simplifica porque es un delito que tiene información y material probatorio, en la que el Ministerio Público presenta un requerimiento de proceso inmediato.
Luego de un filtro, un juez de juzgamiento hace un juicio oral y establece una sentencia, y tratándose de un caso donde hay información y material probatorio, las sentencias van a ser condenatorias.
“Las penas pueden ser efectivas desde dos días hasta cadena perpetua, dependiendo del tipo de delito”, advirtió Zavaleta.
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