
Una nueva crisis agrava las relaciones internacionales del Perú. El canciller Hugo de Zela informó este lunes que la expresidenta del Consejo de Ministros, Betssy Chávez, acusada de presuntamente participar en el intento de golpe de Estado realizado por el expresidente Pedro Castillo, se encuentra asilada en la Embajada de México en Lima.
Tras dar a conocer este hecho, un día antes de que el Ministerio Público dé sus alegatos finales en este caso y decidida la situación de la expremier Chávez, el canciller anunció el rompimiento de relaciones diplomáticas con México.
“Frente a este acto inamistoso y teniendo en cuenta las reiteradas ocasiones en que el actual y el anterior presidente de ese país han intervenido en los asuntos internos del Perú, el gobierno peruano ha decidido, en la fecha, romper relaciones diplomáticas con México”, indicó.
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¿Qué implica esto?
Miguel Rodríguez Mackay, internacionalista y excanciller, explicó que la ruptura diplomática significa que ambos países interrumpen su vinculación directa, afectando la relación bilateral y multilateral, especialmente en el marco de la Alianza del Pacífico.
Señaló que este tratado se verá entorpecido y minimizado en su impacto económico y comercial. Sin relaciones diplomáticas, los flujos comerciales y económicos serán más lentos y limitados, aunque no totalmente suspendidos.
“Se aletarga las vinculaciones porque los dos países no pueden vincularse, no se relacionan, no hay forma de conectarlos. Entonces, eso entorpece y afecta el flujo económico cuadripartito (de la Alianza del Pacífico). La política arrastra la economía. Tenemos que empezar a trabajar un control de daños. La Cancillería tiene que hacerlo”, acotó.
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También precisó que, según la Convención de Viena de 1961, al romperse las relaciones diplomáticas no necesariamente se rompen las consulares.
Los servicios administrativos a ciudadanos peruanos y mexicanos continuarán ya que las relaciones consulares permanecen, aunque su alcance es limitado en comparación con las relaciones político-diplomáticas.
“Pero, una relación consular jamás va a ser igual a una relación político-diplomática con el impulso, alcance y connotación que le demos a los consulados”, indicó.
Efectos en el transporte y el comercio
Rodríguez Mackay indicó que la interrupción diplomática afecta la movilidad de ciudadanos, dificultando trámites migratorios y la atención consular, aunque no los elimina por completo.
Así, el comercio entre los países continuará, pero de manera restringida, debido a que pierde la fuerza que da el respaldo político y diplomático. No obstante, los viajes podrían tener ciertas restricciones iniciales.
“Todo lo que tenga que ver con las vinculaciones entre países y los traslados de uno y otro lado, movilizaciones de connacionales de uno u otro lado, se afecta, se aletarga, se entorpece. (...) En lo inmediato, seguramente vas a poder entrar a México, pero el trámite será más complicado, porque no habrá embajada y tendrá que funcionar el consulado”, añadió.
Asimismo, indicó que la salida inmediata de embajadores y cierre de embajadas es una consecuencia directa e inmediata de este rompimiento diplomático.
“Eso es ipso jure, es inmediato, porque ya se acabaron las relaciones bilaterales. Los embajadores tendrán que dejar los países, pero la relación está en el nivel intermedio. Entonces, los miembros de la misión diplomática deberán cerrar la embajada y tendrá que ver a un país tercero para que se encargue de la misión”, mencionó.
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¿Es procedente el asilo de Betssy Chávez?
El abogado Dino Carlos Caro Coria, a través de sus redes sociales, indicó que el asilo diplomático está regulado por la Convención de 1954, vigente para México desde 1957 y para Perú desde 1962.
“El asilo se otorga a “personas perseguidas por motivos o delitos políticos” (artículo I de la Convención). Y aunque “no es lícito conceder asilo (...) por delitos comunes”, si procede cuando “los hechos que motivan la solicitud de asilo (...), revistan claramente carácter político”, añadió.
Además, precisó que México se encargaría de definir si el delito califica como político.
“Aunque múltiples teorías pretenden diferenciar delitos comunes y políticos, la determinación es fáctica. No es relevante si Perú considera que el caso Chávez Chino implica delitos comunes, sino lo que defina México porque corresponde al Estado asilante la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la Persecución”, acotó.
Caro Coria precisó que la Embajada de México en nuestro país no es territorio extranjero, pero tiene un régimen especial debido a que la ley peruana no rige en ese espacio y goza de inmunidad diplomática.
Finalmente, indicó que, si México formaliza el pedido de asilo, el Estado peruano deberá permitir que Betssy Chávez viaje a México, otorgándole un salvoconducto y sin poder arrestarla en el territorio nacional.










