
En medio del inicio del juicio oral en su contra por el fallido golpe de Estado de diciembre del 2022, el expresidente Pedro Castillo anunció el último lunes que acatará una huelga de hambre en el penal de Barbadillo (Ate).
A través de una carta difundida en sus redes sociales, el exmandatario acusó a una de las juezas de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, Norma Carbajal Chávez, de haber adelantado opinión en su contra al forzar el tipo penal de rebelión que pesa en su contra por estos hechos.
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“Pongo en conocimiento a mi familia, al pueblo peruano, que haciendo uso de mi derecho humano, he decidido acatar a partir de la fecha una huelga de hambre; acto que me lleva a tomar por las injusticias que se vienen cometiendo conmigo”, se lee en el documento, que lleva la firma de uno de sus abogados, Walter Ayala.
Tras conocerse esta noticia, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) inició un proceso administrativo disciplinario en su contra por una falta grave, así como dispuso su aislamiento y la suspensión de sus visitas. En tanto, la Fiscalía dispuso que se realicen acciones de prevención del delito con el objetivo de verificar su integridad física.
Pese a que esta mañana la Sala Penal Especial de la Corte Suprema exhortó al expresidente a que se abstenga de realizar una huelga de hambre, todo parece indicar que este hará caso omiso a esta recomendación.
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Esto, debido a que Castillo en todo momento se ha mostrado beligerante no solo con los jueces que integran el tribunal, sino también con los fiscales y procuradores involucrados en el proceso judicial.
Ante esta situación, ¿qué pasaría con el juicio oral si el exmandatario lleva su medida de protesta hasta el final?.

INPE aísla a Castillo y restringe sus visitas: ¿se justifica dicha sanción?
En su misiva, Castillo consideró que, al acatar una huelga de hambre, solo estaba haciendo uso de su “derecho humano”.
En diálogo con RPP, el abogado constitucionalista Enrique Ghersi recordó que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, en el año 2021, determinó en una sentencia que la huelga de hambre, “siempre y cuando no fuera violenta”, era una forma legítima de derecho de protesta”.
“No le reconoció estatus de derecho humano, pero le reconoció estatus de un derecho político de protesta. Esto no ha llegado nunca al Tribunal Constitucional, es un debate que se ha quedado en la Corte Suprema. Bastará ver qué dice finalmente el TC en algún momento”, indicó.
En la misma línea, el abogado penalista Andy Carrión señaló que la huelga de hambre no es considerada en la legislación nacional ni internacional como un derecho humano, tal como sostiene el exmandatario.
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“Lo que existe es el derecho a la huelga, pero como un derecho de alcanzar mejoras laborales y otros deseos similares, pero como tal no existe el derecho a la huelga de hambre y no lo encontrarás en ningún documento normativo. De lo que hablan los tratados es el derecho a la huelga, pero en tanto esto no implique la violación de derechos fundamentales o autoinflingirse algún daño”, dijo a Gestión.
Respecto a las sanciones que le impuso el INPE al exmandatario, Ghersi indicó que el reglamento de dicha institución considera a la huelga de hambre como “una falta administrativa”. A su juicio, este hecho constituye una “discusión jurídica” interesante, ya que se generaría una contradicción.
Para Carrión, el INPE se extralimitó al decretar el aislamiento y la suspensión de las visitas que recibe el exmandatario en el penal de Barbadillo debido a que no se sabe con exactitud si este realmente cumplirá con su medida de protesta.
“Creo que todavía no sería pertinente aplicar este tipo de medidas por los procesos judiciales que afronta Castillo y que, más bien, debido a eso en el INPE deberían tener un poco de cautela al aplicar un aislamiento, porque si se intenta conservar la salud del encarcelado y que no se deteriore, ese tipo de medidas podrían afectarlo, y lo que se busca es que se encuentre en las mejores condiciones para enfrentar sus procesos”, enfatizó.
El abogado añadió que el proceso administrativo disciplinario iniciado a Castillo podría derivar en sanciones aún más graves, como por ejemplo, que su aislamiento sea permanente y que no pueda ser visitado por sus familiares mientras dure todo el proceso.
“No hay multas, porque el INPE no puede imponer sanciones pecuniarias, pero sí disciplinarias; es decir, que se le restrinja beneficios al interior del penal. Puede ser la reducción de sus días de trabajo, educación, o recortar sus días al aire libre”, indicó.
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¿Qué pasaría con el juicio oral en caso Castillo lleve su huelga de hambre hasta el final?
Respecto a qué pasaría si el expresidente decide llevar su huelga de hambre hasta el final, Carrión recordó que el Estado debe garantizar la salud de los internos. En ese sentido, dijo que el exmandatario podría ser llevado a la fuerza a una clínica o centro de salud para garantizarle los cuidados mínimos y que no esté en riesgo su vida.
“Así Castillo esté muriendo, podrían darle sueros para mantenerlo con vida, pero lo que si no pueden hacer es sedarlo y luego inyectarle vitaminas, carbohidratos, etc., para que no prospere su huelga de hambre. Eso se hizo en otros países, cuando personas se sometían a huelga de hambre. El Estado, al menos, garantizaba su sobrevivencia, con sueros o un tratamiento ambulatorio, pero no se puede obligarlos a comer”, remarcó.
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En ese escenario, el penalista estimó que los jueces de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema se verían obligados a suspender las audiencias hasta que se garantice la salud plena de Castillo, ya que no podría participar en un estado convaleciente.
Sin embargo, advirtió que esa decisión podría afectar el juicio oral por el golpe de Estado. Recordó que existe un plazo (14 días) para que se puedan reprogramar las audiencias suspendidas y, si no se cumple con esa disposición, todo se quebraría y volvería a etapa de control intermedio.
“Si Castillo lleva al extremo su medida y se encuentra en cama de un hospital, y los médicos evalúan que no es posible que este puede participar en un juicio oral porque está convaleciente. Entonces, los jueces van a tener un límite de reprogramaciones y si ya los médicos señalan que el expresidente no puede participar de ninguna manera, y pasan los 14 días, el juicio oral se quebraría y ya no podría seguir adelante por la ausencia del imputado”, alertó.
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Periodista egresado de la Universidad Nacional Federico Villareal, con especialidad en política, sociedad y análisis de datos. En el año 2017 ingresé al Diario Gestión y actualmente cubro temas judiciales y parlamentarios.