
El presidente de la comisión de Energía y Minas del Congreso, Paul Gutiérrez, se mostró a favor de que el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) sea trasladado por herencia en el caso del fallecimiento del minero informal titular de la inscripción, tal como lo estableció el Gobierno en el reglamento de la Ley N° 32213, publicado el último domingo en el Diario Oficial El Peruano.
En diálogo con la prensa, el legislador del Bloque Magisterial recordó que los mineros artesanales muchas veces trabajan con sus hijos y éstos tendrían el derecho de continuar con dicha actividad tras el fallecimiento de sus padres.
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Añadió que el ministro del sector, Jorge Luis Montero, quien se presentará mañana en la comisión, explicará con mayor detalle este dispositivo aprobado por el Ejecutivo y que viene causando polémica.
“Los mineros muchas veces trabajan con sus hijos, se dedican a esa actividad. Si muere el minero, el hijo tendría todo el derecho de continuar con esa actividad. Eso se va a ampliar, el ministro el día de mañana lo va a explicar más detalladamente”, apuntó.
En ese sentido, el congresista adelantó que una vez que se apruebe la nueva ley de Minería Artesanal y de Pequeña Escala (MAPE), el Reinfo sería derogado y dejaría de estar vigente.
“La ley MAPE, una vez debatida y aprobada, obviamente va a definitivamente tener que cambiar con el tema del Reinfo. El Reinfo tendría que derogarse, va a quedar allí. Con la Ley MAPE habrá nuevos mecanismos de cómo se va a ayudar al minero a que se pueda formalizar”, apuntó.
Según dijo, lo que se viene trabajando en la nueva norma es fortalecer la actividad de los pequeños mineros y mineros artesanales, al indicar que estos “cumplen un rol fundamental” en la economía del país.
“Nosotros tenemos bastante avanzado el tema”, dijo al anunciar que esta semana se convocará a una sesión extraordinaria para poner en agenda y debatir el predictamen de la ley MAPE, que ya está lista para su presentación.
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¿QUÉ PLANTEA LA LEY PROMULGADA POR EL EJECUTIVO?
La ley en mención establece la rectoría en el Minem y amplía el plazo del proceso de formalización minera integral en la pequeña minería y minería artesanal.
“Se puede solicitar la modificación de la titularidad de la inscripción del Reinfo por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción. La sucesión debe encontrarse inscrita en los registros públicos”, se lee en el texto.
También se precisa que si existe más de un heredero, “la solicitud debe ser presentada por una persona jurídica conformada únicamente” por estos, a fin “de determinar un único responsable de los impactos generados por el desarrollo de la actividad minera y culmine el proceso de formalización minera integral”.
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