Pantel presentó un recurso de anulación contra un laudo emitido por la Corte Permanente de Arbitraje que el Perú ganó el 2022. Foto: Difusión
Pantel presentó un recurso de anulación contra un laudo emitido por la Corte Permanente de Arbitraje que el Perú ganó el 2022. Foto: Difusión
Redacción Gestión

de Apelación de La Haya notificó al Estado peruano su decisión de dictar una sentencia favorable para nuestro país en el marco del procedimiento de anulación iniciado por contra un laudo emitido en el arbitraje internacional de inversión iniciado por esta compañía contra el Perú (Procedimiento de Anulación).

Así lo informó el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (Sicresi).

El arbitraje internacional fue planteado por Pantel ante la Corte Permanente de Arbitraje (con sede en La Haya) y al amparo del Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones Perú-Suiza (Arbitraje Internacional), informó la Comisión Especial que representa al Perú en controversias internacionales de inversión (Comisión Especial), que conforma el Sicresi.

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La Comisión Especial informó que el pasado el 1° de abril de 2025, la Corte de Apelación de La Haya comunicó su decisión de desestimar todas las pretensiones de Pantel porque consideró correctos los fundamentos aplicados en la decisión del Tribunal Arbitral en este arbitraje internacional que data del 2022 (Sentencia).

En tal sentido, la Corte de Apelación declaró que no era apropiado que, en el Procedimiento de Anulación, se volviera a examinar las conclusiones del Tribunal Arbitral. Además, concluyó que no eran aplicables ninguno de los motivos de anulación previstos en el código procesal civil neerlandés presentados por Pantel.

La Corte de Apelación además ordenó que Pantel pague al Estado peruano los costos del procedimiento de anulación, los cuales ascienden a un monto de 19,656 euros, más un monto adicional si la compañía no cumple con pagar los costos del procedimiento dentro de catorce días luego de notificada la Sentencia.

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El Estado peruano, en conjunto con sus abogados de las firmas Arnold & Porter Kaye Scholer LLP y Houthoff Cooperatief U.A., evaluará la sentencia, a fin de que se implementen las acciones conducentes para que Pantel cumpla en su integridad con lo dispuesto en la orden impartida por la Corte de Apelación, sobre la condena de costos a favor del Estado peruano, indicó Sicresi.

¿Por qué Panamericana demando al Estado?

Panamericana Televisión solicitó la anulación del laudo arbitral que la mencionada instancia emitió en diciembre del año pasado. En este se desestimaron sus reclamos y se dispuso que la televisora reembolsara al Estado Peruano el 65% de las costas en las que se incurrió en este arbitraje, equivalente a 129,068 dólares, con intereses.

A nombre de Panamericana Televisión S.A., Ernest y Lorena Schütz Freundt, junto a Katerine Schütz Dalmau, reclamaron por la presunta expropiación de dicha televisora y por la afectación a su derecho a la propiedad, cuestionando una medida cautelar admitida judicialmente en diciembre de 2001.

La empresa, además, pidió una compensación ascendente a aproximadamente 637 millones de dólares, todo lo cual fue desestimado.

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