El Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, una reforma constitucional que elimina a los movimientos regionales.
El Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, una reforma constitucional que elimina a los movimientos regionales.

Anoche, .

Sin embargo, la iniciativa en mención, a la par, elimina a los movimientos regionales y solo deja en carrera a los partidos políticos.

Por tratarse de una reforma constitucional, dicho dictamen tendrá que ser sometido a una segunda votación en la próxima legislatura, donde requerirá de, por lo menos, 87 adhesiones.

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Tras conocerse esta noticia, la Asociación de Movimientos Regionales del Perú mostraron su rechazo a la decisión adoptada en el Parlamento.

A través de un comunicado, denunciaron el “pisoteo” a los procedimientos parlamentarios que habría hecho el Congreso por llevar adelante una reforma electoral a la que calificaron de “inconstitucional” debido a que atenta contra su derecho a la libre participación política, contemplado en el artículo 2 de la Constitución.

“Declaramos que los malos congresistas han secuestrado la representación nacional y actúan como organizaciones criminales, atentando contra todos los derechos democráticos del Perú, acción que solo empeora la imagen de nuestro país, y por ende, profundiza la crisis política social y económica por la que venimos atravesando”, se lee en el texto.

Añadieron que en el Parlamento efectuaron una “subalterna inclusión de un texto sustitutorio no tramitado en la comisión”, por lo que convocaron a una conferencia de prensa para el día de mañana a fin de informar las medidas que adoptarán.

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¿Qué plantea la iniciativa?

Según el dictamen, que recoge los proyectos de ley 2027, 2067, 2225, 2287, 2303, 2343 y 6375, los alcaldes y gobernadores serían reelegidas de manera inmediata por un único período adicional consecutivo, siempre y cuando represente a la misma agrupación política.

Ello, con el propósito de que sus actos y representación se ejecuten a plenitud y “permitiendo que las mismas organizaciones políticas puedan evaluar las gestiones de quienes los representan como autoridades”.

Además, se modificó el artículo 35 de la Constitución y se estipuló que “los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de partidos políticos de alcance nacional o alianzas entre estos, conforme a la ley”. De esta manera, los movimientos regionales quedaron fuera de carrera.

“Tales partidos y alianzas concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica”, se lee en la propuesta.

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