
El Ministerio de Justicia rechazó la solicitud que hizo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) al Estado peruano para suspender el trámite de la ley que otorga amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú (PNP) y los comités de autodefensa que se encuentren denunciados, investigados, procesados o hayan sido condenados por violaciones de derechos humanos cometidas entre 1980 y 2000.
A través de un comunicado publicado el último sábado, dicho sector indicó que las reiteradas disposiciones de la Corte IDH “contravienen el derecho internacional”, al considerar que las acciones del organismo “no se desprenden de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en la cual recae el mandato que le otorgaron los estados a dicho tribunal”.
LEA TAMBIÉN: Gobierno pone al debate posible salida del Perú del sistema de DD.HH. ¿Cuáles serían las consecuencias?
“El Perú reafirma el irrestricto respeto que demanda de su soberanía y de los propios principios fundacionales del Sistema Interamericano, particularmente el principio de subsidiariedad y el carácter complementario de la jurisdicción internacional, que reconocen el rol primario de los Estados en la garantía de los derechos fundamentales y la tutela de presuntas afectaciones a los derechos humanos”, señalaron en el texto.
“En esa línea, la Corte IDH no puede sustituir a las autoridades nacionales (o imponerle acciones) sobre una materia que no ha sido conocida en sede interna, afectando no solo la soberanía del Perú sino debilitando el propio Sistema”, añadió el Minjus.
El ministerio liderado por Juan Alcántara aseguró que, en el marco del irrestricto respeto de sus obligaciones jurídicas internacionales, participará en la audiencia convocada por la Corte IDH para el próximo 21 de agosto, a través de sus agentes acreditados.
LEA TAMBIÉN: Rafael López Aliaga exige salida del Perú de la Corte IDH
¿CUÁLES FUERON LOS MOTIVOS DE LA CORTE IDH?
En su solicitud, la Corte IDH consideró que la ley que otorga amnistía a policías y militares vulnera el acceso a justicia para las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Frente a ello, instaron que no se aplique esta ley “hasta que la Corte IDH cuente con todos los elementos necesarios y se pronuncie sobre el fondo de la referida solicitud de ampliación de medidas provisionales y su impacto en sendos casos”.
Dicho organismo internacional convocó a los representantes de los desaparecidos de Barrios Altos y La Cantuta a una audiencia pública, que se realizará el jueves 21 de agosto, a las 5:15 p.m., en su sede de San José, Costa Rica.
La ley aprobada por el Parlamento también beneficia a los miembros de la PNP y Fuerzas Armadas mayores de 70 años que hayan sido sentenciados por los delitos en cuestión.
LEA TAMBIÉN: Corte IDH exige suspensión inmediata de ley de amnistía para militares y policías