Martín Vizcarra, inhabilitado previamente por el Congreso para ejercer cargos públicos, ha mantenido su presencia en los sondeos pese a cuestionamientos legales sobre su elegibilidad. Foto: GEC.
Martín Vizcarra, inhabilitado previamente por el Congreso para ejercer cargos públicos, ha mantenido su presencia en los sondeos pese a cuestionamientos legales sobre su elegibilidad. Foto: GEC.

El resolvió no abrir procedimiento sancionador contra la empresa Compañía Peruana de Estudios, Mercados y Opinión Pública (CPI), a pesar de una denuncia por presunta vulneración a las normas sobre encuestas en periodo electoral. Sin embargo, sí emitió una advertencia clave de cara al proceso de .

En la resolución, el JEE concluye que no existe mérito suficiente para sancionar a la encuestadora por la inclusión del expresidente en sus estudios de opinión, por lo que dispuso el archivo del expediente.

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No obstante, en el segundo artículo del fallo, el jurado insta a la empresa CPI a abstenerse de incluir a en sus futuras encuestas electorales, mientras no se modifique su situación jurídica en relación con su eventual participación electoral.

Esta decisión podría sentar un precedente, que se aplique no solamente a la encuestadora en mención, sino también a las otras empresas que realicen dicha labor.

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, inhabilitado previamente por el Congreso para ejercer cargos públicos, ha mantenido su presencia en los sondeos pese a cuestionamientos legales sobre su elegibilidad.

La decisión del JEE busca evitar una posible afectación al principio de equidad electoral y se enmarca dentro de los esfuerzos que realizan diversas instituciones por garantizar un proceso limpio y transparente en los comicios de 2026.

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