Francisco Morales y Pedro Hernández insisten en que no se votó la demanda competencial del Congreso. Composición: Gestión.
Francisco Morales y Pedro Hernández insisten en que no se votó la demanda competencial del Congreso. Composición: Gestión.

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. Tras reiterar de que sí hubo quorum para llevar a cabo la votación, negó que de hayan cometido alguna infracción inconstitucional, tal como alegó .

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Pese a ello, los magistrados y insistieron en que nunca se realizó la votación de la demanda competencial del Parlamento, al recalcar que no hubo el quorum requerido.

“Ha habido, desde mi punto de vista, una precipitación de algunos colegas por resolver este caso ese mismo día, cosa que no suele ocurrir porque los casos demoran en el debate y la discusión”, indicó Morales a RPP.

En ese sentido, enfatizó que no ha votado y no ha expresado su postura respecto a este caso. Estoy evaluando, es un caso complejo, no he tomado ninguna postura”, dijo tras precisar que el comunicado publicado por el TC, en el que se da cuenta de la votación, ya fue retirado.

En tanto, Hernández insistió en que no existe una resolución sobre la demanda competencial del Congreso porque “no hubo quorum”. En diálogo con Canal N, negó los supuestos “portazos virtuales”, tal como señala Pacheco, y rechazó que sean “saboteadores” o “irresponsables” por haberse retirado de la sesión en la que se tenía previsto votar el tema.

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“Para nosotros, y es la posición del magistrado (Gustavo) Gutiérrez y del magistrado (Francisco) Morales, es que no existe una resolución porque no puede haber una si no ha habido quorum”, recalcó.

Según dijo, planteó hasta en dos oportunidades una cuestión de orden sobre la aplicación del artículo 46 del reglamento del TC, referido a la obtención de los cinco votos para dictar sentencia; sin embargo, cuestionó que Pacheco nunca sometió su pedido a votación.

Congreso pide al TC declarar nula la votación

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La medida se adoptó pese a que el presidente del Congreso, , señaló que desde su institución respetarían el fallo en mención, al recordar que dicho organismo “es el máximo intérprete de la Constitución”.

En el oficio enviado al TC, el procurador del Parlamento, Manuel Peña Tavera, alegó que la votación se llevó a cabo sin contar con el quorum señalado en el artículo 5 de la Ley N° 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

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