Pese a los cuestionamientos, la Mesa Directiva del Congreso de la República decidió no suspender la entrega de una pensión vitalicia de S/15,600 en favor del expresidente Alberto Fujimori y acordó solicitar informes adicionales a especialistas en derecho constitucional y a la Oficina Legal del Parlamento sobre la continuidad de dicho beneficio. Los especialistas deberán emitir sus informes sobre el caso en un plazo no mayor de 60 días.
Como era de esperarse, esta decisión ha generado repercusiones de todo tipo. Desde la defensa legal del exmandatario insisten en que “el indulto borra la pena”, por lo que defendieron que este reciba una pensión vitalicia, tal como lo establece las normas actuales.
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Al respecto, la magistrada del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, remarcó que Fujimori sigue estando en calidad de condenado por el caso Barrios Altos y La Cantuta; sin embargo, dijo que desde su institución hicieron jurídicamente lo correcto al permitir su libertad porque el indulto ya se había dado.
En diálogo con RPP, consideró que el pedido realizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que no se ejecutara la medida no tenía mucho sentido.
“Nosotros no dimos el indulto, ya se había dado. Lo que correspondía era ejecutar la sentencia, a pesar de esta invocación de la Corte Interamericana. Si se va a afirmar que cuando indultan a alguien se está negando el acceso a la justicia de aquel que fue víctima de esa persona que estaba en la cárcel, entonces no habría indultos. El indulto trae consigo que aquella persona que ha cometido un delito se le remite la condena, pero sigue siendo un delincuente indudablemente”, aseveró.
En ese sentido, Pacheco enfatizó que Fujimori “no está rehabilitado, no ha pagado (la reparación civil)”.
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Respecto a los anuncios de que Fujimori solicitó el pago de una pensión vitalicia y su candidatura presidencial en representación de Fuerza Popular, la magistrada dijo sentirse desconcertada por estas noticias debido a que a este se le concedió el indulto humanitario porque su salud estaba deteriorada.
“Es desconcertante. No pensé que tendría ese perfil después de todo lo vivido, pero ya es una opinión muy personal porque no sé si la decisión de que sea candidato es un deseo de la hija o él. Es una manera de desagravio, pero después vendrá lo jurídico: si podrá inscribirse o no. Va en otro nivel”, acotó.
Ley que prescribe delitos de lesa humanidad “no es retroactiva”
En el pronunciamiento, sostuvieron que la norma tendrá un impacto negativo en la tramitación de las investigaciones y procesos judiciales en casos de especial gravedad, como Madre Mía, Humaya Chambara, Geotendia, Lurigancho, Pacha y II, Galván Borja, entre otros que están en investigación preliminar), así como los casos Soras, Pichari, Ventocilla, Las Gardenias, Tablazos, Chuschihuicte, entre otros que se encuentran en investigación judicial o para emitir acusación fiscal.
Respecto a este tema, Pacheco recalcó que la norma en mención no es retroactiva.
“Lo que está claro en la Constitución es que ninguna ley penal tiene aspecto retroactivo solamente si es beneficiosa para la persona. Entonces, lo que se ha establecido en esta ley es que a partir del 2002, que se confirmó lo del estatuto de Roma, es que en el Perú se reconoce este tipo de delitos. Lo que haya habido antes no se había podido tipificar porque no estaba en nuestro ordenamiento jurídico. Lo que ha hecho la ley es recordar lo que ya estaba previsto y establecido, no es que haya creado algo nuevo”, sostuvo.
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