El Tribunal Constitucional (TC), declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31520, norma que modifica el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Cabe recordar, que la solicitud fue presentada el 7 de setiembre de este año por el 25% del número legal de congresistas.
“La demanda fue presentada por el 25% del número legal de congresistas contra la Ley 31520, Ley que reestablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; y el artículo 32 del Decreto Legislativo 1451. En razón a que contraviene la autonomía universitaria. En dicho proceso, el Tribunal Constitucional ha declarado infundada la demanda”, indica en el comunicado emitido en su página oficial.
Se debe recordar que en julio de este año, el Pleno del Congreso aprobó con 72 votos a favor, 39 en contra y cuatro abstenciones, por insistencia, la autógrafa de dicha ley que debilita la autonomía de la Sunedu.
La norma que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, en el marco del cuarto párrafo del artículo 18 de la Constitución Política, a través de la modificación de los artículos 1, 12, 15, 17 y 20 de la Ley Universitaria.
Además, en agosto, Jeri Ramón, rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), invitó mediante un oficio a Américo Guevara, presidente de la Asociación de Universidades Nacionales del Perú (Aunap), al acto de entrega de credenciales de los dos miembros elegidos por un grupo de rectores como representantes para integrar el Consejo Directivo de la Sunedu.
“En cumplimiento a lo previsto en la Ley 31520, aprobada y promulgada por el Congreso de la República, la suscrita rectora de la UNMSM, organizó la respectiva reunión de Rectores de Universidades Públicas para proceder a la elección de los dos miembros que integrarán el Consejo Directivo de la Sunedu, hecho acontecido en sesión del viernes 19 de agosto del año en curso”, señala el documento.