El Ejecutivo publicó el Decreto Supremo 186-2021-PCM, mediante el cual se modifican las restricciones de la inmovilización social obligatoria, volviendo a aplicar aforos reducidos, creando nuevas obligaciones para los trabajadores e imponiendo requisitos para viajes, entre otros temas (ver Tabla).
Las medidas están divididas entre aquellas de aplicación indefinida y otras, que solo regirán hasta el 16 de enero.
Entre las de duración indefinida, el gobierno señala que todas las personas que busquen realizar viajes interprovinciales, así como aéreos, deberán contar con un esquema de vacunación completo.
Asismismo, toda persona que ingrese al Perú deberá acreditar contar con vacunación completa o no será admitida en el territorio nacional.
Al respecto, se indica que, hasta el 16 de enero de 2022, se encuentra prohibido el ingreso de no residentes de procedencia de Sudáfrica y Botsuana, o que hayan realizado escala en estos lugares los últimos 14 días.
En el ámbito laboral, se dispone que aquellos trabajadores sin vacunación completa no podrán ir a laborar a su centro de trabajo y, si su labor no es compatible con el trabajo remoto, serán enviados en suspensión perfecta de labores, salvo sean trabajadores que laboren al aíre libre durante toda su jornada y no tengan contacto con otras personas mientras trabajan.
Asimismo, los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como las personas que realizan servicios de delivery deberán contar con un esquema de vacunación completo.
Asimismo, el aforo de restaurantes, centros comerciales y otros establecimientos se volvió a reducir y ahora solo será de 60% (anteriormente llegó a 80%) hasta el 16 de enero.