La JNJ inició un proceso de vacancia contra el presidente de dicha institución, Gino Ríos, tras conocerse que tiene una sentencia consentida por violencia familiar. Foto: difusión.
La JNJ inició un proceso de vacancia contra el presidente de dicha institución, Gino Ríos, tras conocerse que tiene una sentencia consentida por violencia familiar. Foto: difusión.

Tras varios días en espera, la decidió iniciar el procedimiento de vacancia del presidente de dicha institución, , tras conocerse que tiene una sentencia consentida por violencia familiar.

Esto, luego de que se admitiera a trámite la solicitud de vacancia contra dicho magistrado presentada por los congresistas (Bloque Democrático Popular), (Honor y Democracia) y Flor Pablo (no agrupada).

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Según informó RPP esta mañana, la JNJ corrió traslado del inicio de los actuados a Ríos Patio, quien tendrá 5 días hábiles para que manifieste su posición y presente las pruebas que estime pertinente.

Además, se dispuso que , en su condición de vicepresidenta de la JNJ, conduzca el procedimiento de vacancia, conforme a la ley orgánica y el reglamento de la entidad.

Cabe precisar que la JNJ, el pasado martes 19, informó en un comunicado que se encontraba examinando la solicitud de vacancia contra Ríos Patio y que se le había dado un plazo de 5 días para que remitiera las pruebas que considerara pertinentes.

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RÍOS RECONOCE SENTENCIA EN SU CONTRA, PERO ASEGURA QUE “NO ES DELITO”

El mes pasado, Ríos Patio admitió que sí existe una sentencia consentida en su contra por violencia familiar bajo la modalidad de maltrato psicológico, pero precisó que dicha figura no constituye un delito y que no renunciará.

Al recordarle, en Canal N que de acuerdo artículo 11, inciso E, de la Ley Orgánica de la JNJ, están impedidos de ser miembro quienes tengan una sentencia consentida por violencia contra la mujer, el magistrado aseguró que esta causal no se le puede aplicar.

“Yo no he sido condenado. Mi certificado de antecedentes penales está limpio. La sentencia no es violencia contra la mujer, es por violencia familiar, que es distinto. La violencia familiar estuvo vigente hasta noviembre de 2015, los hechos que refiero datan del 2004 y fueron sentenciados en 2011. No existía para mi caso la aplicación del delito contra la mujer, sino la figura no delictiva de violencia familiar. El delito de violencia contra la mujer no existía antes del 2015″, remarcó.

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