La bancada de Fuerza Popular (FP) presentó un proyecto de ley con la finalidad de ampliar las candidaturas que se eligen en las elecciones primarias de los partidos políticos
La iniciativa en mención, impulsada por el vocero de dicha agrupación, Eduardo Castillo, busca modificar los artículos 21, 22, 23, 24, 24-A de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) y la Ley Orgánica de Elecciones.
Actualmente se realizan elecciones primarias para elegir candidatos para el cargo de Presidente de la República, congresistas, gobernadores regionales y alcaldes provinciales y distritales.
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En la propuesta se busca ampliar el proceso a fin de elegir postulantes para los cargos de Vicepresidentes de la República, parlamentarios andinos, consejeros regionales y regidores provinciales y distritales.
“Las elecciones primarias para elegir candidatos a presidente de la República, congresistas, gobernadores y consejeros regionales, así como alcaldes y regidores, se realizan en la misma fecha conforme al calendario electoral fijado por el JNE”, se lee en el proyecto.
En cuanto a la modalidad de las primarias, se precisa que estas se realizan de manera simultánea, bajo la modalidad de voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos previamente inscritos, estén o no afiliados a un partido.
También, bajo elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados; y a través de delegados, conforme lo disponga el Estatuto y el reglamento electoral de la organización política.
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Previamente, dichos delegados deben haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. Dicha elección se realiza conforme a la normativa interna y a solicitud de parte puede contar con el apoyo de los órganos del sistema electoral.
“Para continuar con su participación en el proceso electoral, la organización política debe obtener al menos el 30% de votos válidamente emitidos del total de electores hábiles; incrementándose en 1% por cada organización política adicional en caso de alianzas electorales”, se añade en el documento.
¿Cuáles son las funciones de los organismos electorales?
En el proyecto de ley también se precisa que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) elaborará el padrón electoral con base en la información proporcionada por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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Además, se indica que el JNE facilitará el acceso a las bases de datos en ventanilla única, fiscalizará las hojas de vida de candidatos en elecciones primarias y candidatos designados, así como resolverá en apelación conflictos en materia electoral y proclama a los elegidos.
La ONPE, por su parte, tendrá la función de organizar las elecciones primarias.
Finalmente, el proyecto plantea que las candidaturas pueden ser individuales o por lista y que solo el afiliado que tenga como mínimo un año de afiliación a la fecha límite de la convocatoria a elecciones generales puede postular para ser candidato en una elección primaria.
“El incumplimiento de esta exigencia invalida la candidatura. La organización política puede establecer mayores requisitos a los señalados en la presente disposición”, se advierte en la propuesta.
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