Un día después de que la Autoridad de Control del Ministerio Público confirmara la suspensión del fiscal superior Rafael Vela Barba por más de 8 meses, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, dio por concluida su designación en el cargo de coordinador del Equipo Especial Lava Jato y de coordinador de las Fiscalías de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio.
A través de una resolución publicada en el Diario Oficial El Peruano, la titular del Ministerio Público designó a sus dos reemplazantes en el cargo.
Se trata del fiscal superior provisional Wilfredo Francisco Avellaneda Esaine, quien se quedará a cargo de la coordinación de las Fiscalías Especializadas en Delito de Lavado de Activos. El día de ayer inició sus actividades en el puesto.
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El abogado anteriormente estaba designado en el Despacho de la Fiscalía Superior Transitoria de Extinción de Dominio de Lima y era coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio
En cuanto a la coordinación del Equipo Especial Lava Jato, en la resolución se precisa que este despacho estará liderado por la abogada Marena Mendoza.
Cabe recordar que la fiscal superior se desempeñaba como coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad.
Además, hasta ayer estuvo a cargo del Equipo Especial de Fiscales que investiga las muertes ocurridas durante las protestas sociales en contra del gobierno de Dina Boluarte.
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¿De qué se le acusa a Vela Barba?
La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público decidió suspender por 8 meses y 15 días a Vela Barba en el cargo de fiscal superior por unas declaraciones que brindó en el año 2020 en el marco del proceso seguido contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
Según la Resolución N°007-2023-ANC, Vela cometió dos infracciones muy graves, por los cuales se decidió separarlo del cargo por cuatro meses en cada una; así como otra “grave”, por lo que se decidió suspenderlo por 15 días.
“Incurrió en acción u omisión que, sin ser delito, compromete gravemente los deberes del cargo, comentó aspectos procesales que se estaban llevando a cabo en un proceso en curso, así como interfirió en el ejercicio de funciones de los otros órganos del Estado”, se lee en el documento.
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