
El Congreso de la República dio el primer paso para reducir de 7 a 3 días el plazo de prohibición de encuestas con miras a las elecciones generales de abril del 2026.
Por mayoría, la Comisión de Constitución aprobó el último martes la propuesta que modifica la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) a fin de permitir la difusión de encuestas y sondeos de opinión pública hasta 72 horas antes del día de la elección o consulta popular.
LEA TAMBIÉN: ¿Se eliminará la ley seca para las elecciones?: Congreso continúa evaluándolo
De acuerdo con el texto sustitutorio, las encuestadoras con inscripción vigente ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) podrán “difundir encuestas sobre intención de voto o simulacro de votación respecto de una elección o consulta popular a través de medios de comunicación masivos hasta los tres días previos al día del acto electoral o consulta popular”.
No obstante, esta restricción no se aplicará a las encuestas a boca de urna, publicadas o difundidas luego de culminado el horario de votación. El incumplimiento de esta medida acarreará una una multa que oscila entre 10 UIT (S/ 53,500) y 100 UIT (S/535,000).
En la norma se colocó una disposición complementaria en la que se precisa que se exceptúa del artículo XIII del título preliminar de la LOE respecto al principio de intangibilidad, por lo que en caso se apruebe en el Pleno del Congreso y entre en vigencia, aplicará para los comicios generales de abril del 2026 y subnacionales de octubre de ese mismo año.

¿SE JUSTIFICA LA REDUCCIÓN DEL PLAZO DE PROHIBICIÓN DE ENCUESTAS?
Durante su intervención, el presidente de la Comisión de Constitución, Arturo Alegría, defendió la propuesta al calificar la restricción de 7 días como “obsoleta, ineficaz e ilusoria”, debido a que no impedía efectivamente que los ciudadanos interesados puedan acceder a sondeos difundidos en redes sociales. Esto, a raíz de los diversos cambios tecnológicos y la expansión digital.
También recordó que la limitación actual ha propiciado la aparición de encuestas falsas o manipuladas en las redes sociales, difundidas sin control y que buscan inducir el llamado “voto útil” en favor de determinadas candidaturas, distorsionando la voluntad ciudadana.
LEA TAMBIÉN: Elecciones 2026: el 13 de octubre vence plazo para renuncias de autoridades y altos cargos
Al respecto, el especialista en temas electorales, José Naupari, respaldó esta propuesta al considerar que permitirá que se sinceren las cifras de intención de voto de los candidatos días antes de los comicios.
“Nos guste o no, las encuestas igual se terminaban filtrando, pese a la restricción. Cuando tú filtras algo en un escenario de prohibición, no tienes certeza sobre la autenticidad de la encuesta. En cambio, ahora digamos que tienes, al menos, esa posibilidad de saber que son resultados que provienen de una encuestadora seria. Entonces, creo que en ese aspecto es algo importante”, indicó a Gestión.
En ese sentido, consideró que las encuestadoras también serían beneficiadas con la norma, debido a que podrían realizar dos estudios previos al día de la elección: una semana y tres días antes, respectivamente. Esto ayudaría a saber si se produjo alguna modificación en las preferencias electorales o no.
“Al final del día se generaba mucha duda sobre la veracidad de las encuestadoras o sobre lo acertadas que eran, porque en los últimos procesos electorales te daban una foto a 7 días y al final, el día de los comicios, los resultados eran completamente diferentes. Si a las encuestadoras les das una opción de 3 días, de repente pueden acercarse más a los resultados del domingo”, aseveró.
Por su parte, José Tello Alfaro calificó de positiva la iniciativa. A su juicio, el plazo debió reducirse de 7 días a 24 horas antes del día de la elección. “Tres días es mucho”, sostuvo a este diario.
LEA TAMBIÉN: Elecciones 2026: Reniec alerta que más de 109,000 electores aún no actualizan su DNI
“Hoy en día somos propensos a la desinformación en las redes sociales, por eso el que las encuestadoras oficialmente nos digan 24 horas antes o 3 días antes de los comicios que la tendencia electoral va de esta manera, ese sería otro cantar e historia”, añadió el también exministro de Justicia.

¿DE QUÉ MANERA LA NORMA IMPACTARÁ EN LOS INDECISOS?
En los últimos procesos electorales en el Perú el voto de los indecisos ha sido fundamental para inclinar la balanza en favor de determinada candidatura. Es más, muchas de estas personas terminan decidiendo su voto en las mismas colas el día de la elección.
Y es a que a menos de 7 meses para las elecciones generales, un grupo considerable de la población aún no decide por quien votar. De acuerdo a la última encuesta de Ipsos Perú, el 37% de personas dijo que votará en blanco, viciado o por ningún postulante, mientras que el 12% no precisa.
Ante la pregunta si es que ya tienen decidido su voto, solo un 27% respondió afirmativamente, mientras que un 62% dijo que aún no lo tiene decidido y que puede cambiar de opinión. En tanto, un 11% no precisa.
Frente a ello, Tello y Naupari consideraron que en caso esta norma termine aprobándose en el Pleno del Congreso y entre en vigencia, tendrá un impacto directo en los indecisos, ya que los ayudará e emitir un “voto estratégico o útil”.
LEA TAMBIÉN: Elecciones 2026: estos son los 39 partidos y alianzas electorales que pueden participar
“Por ejemplo, yo soy proclive a la opción A, pero me doy cuenta que no va a pasar la valla, está baja en votación. Entonces, me voy a la opción B, mudo mi voto y, con esto, evito justamente que se desperdicien votos emitidos a favor de candidaturas que no vayan a pasar la valla. Ese es el voto estratégico”, indicó Tello.
Recordó que en las últimas elecciones generales alrededor de 2′300,000 peruanos votaron por un determinado candidato o partido que no alcanzó una representación en el Congreso debido a que la agrupación a la que pertenecía no pasó la valla. Con esta propuesta, la cifra podría reducirse aún más.
En la misma línea, Naupari informó que la principal consecuencia de esta propuesta es que existiría un mayor número de partidos que, al final, no terminarán pasando la valla electoral.
“El voto estratégico no es negativo per se, pero sí termina generando como un incentivo el esperar a última hora para decidir tu voto, y no haces un voto por convicción, que sería lo ideal (...) el voto estratégico va a ocasionar que un elevado número de partidos queden fuera de la contienda, al no pasar la valla”, remarcó, tras precisar que de todas maneras “habrá un impacto”.

LA ‘LEY SECA’ SE MANTIENE: ¿SE DEBIÓ ELIMINAR ESTA DISPOSICIÓN?
La Comisión de Constitución también rechazó, por mayoría, eliminar la denominada ‘ley seca’, que impide la comercialización de bebidas alcohólicas antes de los comicios. El predictamen sostenía que la restricción actual a la venta de bebidas alcohólicas antes del proceso electoral es “desproporcionada y no corresponde a la realidad social del país”.
Además, advertía que afecta económicamente a pequeños comercios, restaurantes, bares y bodegas; sin embargo, no obtuvo el respaldo requerido en el grupo de trabajo.
LEA TAMBIÉN: Comisión de Constitución del Congreso aprueba reglamentos para retorno a la bicameralidad
Para Naupari, la denominada ‘ley seca’ no tiene ningún fundamento ni genera un impacto en el proceso electoral, al recordar que lo único que estipula es la imposibilidad de comprar bebidas alcohólicas hasta un día antes de los comicios, pero no te prohíbe consumirlas.
“Entonces, la ley seca no va a evitar que encuentres a gente en estado etílico queriendo ir a votar. Aparte de ello, hay que recordar que si tú no haces disturbios, tranquilamente podrías ir a votar bajo el influjo de una bebida alcohólica, siempre y cuando no hagas alteración al orden público. Entonces, es una norma que ya estaba desfasada y que debía ser derogada”, anotó.
Al igual que Naupari, Tello se mostró a favor de la eliminación de esta restricción, al insistir en que esta no impide el consumo de alcohol el día de la contienda electoral, solo su comercialización.
Cabe precisar que, en mayo pasado, la Asociación de Mujeres Bodegueras del Perú (Agremub) advirtió que la aplicación de esta ley, que prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas desde las 8:00 a.m. del día anterior a la elección hasta las 8:00 a.m. del día siguiente, podría generar pérdidas de hasta S/ 320′000,000 en el sector.
LEA TAMBIÉN: Comisión de Constitución aprobó restablecer la inmunidad parlamentaria

Periodista egresado de la Universidad Nacional Federico Villareal, con especialidad en política, sociedad y análisis de datos. En el año 2017 ingresé al Diario Gestión y actualmente cubro temas judiciales y parlamentarios.