Lucía Nuñovero Cisneros, titular de la dirección de política criminológica del Ministerio de Justicia, precisó que el Decreto Legislativo 1585, emitido por el Poder Ejecutivo para promover el deshacinamiento de las cárceles, contempla medidas referidas a procesados o sentenciados por delitos leves y no comprende casos de ilícitos agravados.
La especialista indicó que dicha norma contempla figuras penales y penitenciarias similares a las que se aplican en diversos países.
Estas comprenden mecanismos ya existentes, como la suspensión de la pena, la reserva del fallo condenatorio y el uso de grilletes electrónicos. Sin embargo, precisó que estos solo serán aplicados para casos de mínima lesividad.
LEA TAMBIÉN: El lado A y B de la norma del Ejecutivo para deshacinar penales: análisis
En tal sentido, no se contemplará para su aplicación a personas procesadas o sentenciadas por delitos como sicariato, violación sexual, robo agravado o extorsión, entre otros, manifestó Nuñovero,
Asimismo, negó que se esté despenalizando el delito de hurto, como se ha sostenido desde algunos sectores. Refirió que las figuras de hurto y robo agravado no ha variado en el Código Penal, y dijo que los jueces tienen siempre la posibilidad de graduar las medidas coercitivas que imponen al respecto.
Grilletes electrónicos
Nuñovero Cisneros recordó que son numerosas las personas que se encuentran internas en establecimientos penitenciarios por delitos que reciben penas de uno o dos años de cárcel. En esos casos, el cumplimiento de la sanción puede variarse a las de la vigilancia a través de los grilletes electrónicos, indicó.
Pese a que existen disposiciones legales que regulan su uso, solo estos aparatos actualmente solo se están utilizando en una cincuentena de casos, añadió. Se ha planteado, por tanto, un calendario de aplicación progresiva del procedimiento de vigilancia electrónica, que se iniciará en Lima, precisó.
LEA TAMBIÉN: Modifican aplicación de prisión preventiva y de grilletes electrónicos: ¿de qué trata?
La representante del Ministerio de Justicia dejó claro que el criterio que se toma en cuenta en estos casos, a partir de la promulgación del DL 1585, es el de la lesividad del delito cometido antes que el de la pena aplicada.
Con respecto a la prisión preventiva, señaló que se ha establecido que se aplique fuera de prisión en aquellos casos de delitos de menor lesividad. Refirió además que el uso de grilletes electrónicos representa una alternativa frente a dicho mecanismo.