Según el JNE, en todos los casos, el cargo de la renuncia, en original o copia certificada, debe ser adjuntado a la solicitud de inscripción que se presenta ante el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente. (Foto: GEC)
Según el JNE, en todos los casos, el cargo de la renuncia, en original o copia certificada, debe ser adjuntado a la solicitud de inscripción que se presenta ante el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente. (Foto: GEC)

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fijó los plazos para que los funcionarios del Estado formalicen las renuncias a sus respectivos cargos o soliciten licencias con el fin de postular en las próximas Elecciones Regionales y Municipales 2022, a realizarse el 2 de octubre de ese año.

Dichas reglas comprenden a ministros, viceministros, jueces, fiscales, el contralor general, defensor del pueblo, titulares de organismos públicos, superintendentes, directores de empresas del Estado, entre otros, de acuerdo con lo establecido para cada proceso, sea regional o municipal.

Mediante Resolución N° 0918-2021-JNE, se indica que tales altos funcionarios (señalados en el numeral 3 del artículo 14 de la Ley de Elecciones Regionales) que quieran ser candidatos a cargos regionales tienen plazo para renunciar hasta el 5 de abril próximo (180 días antes de las elecciones).

En caso de que aspiren a postular a cargos municipales, las renuncias tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública a la que prestan servicio, hasta el 14 de junio de 2022, por ser el plazo límite para solicitar la inscripción de las listas de candidatos.

La norma precisa que es necesario que el citado documento mencione expresamente que la renuncia debe hacerse efectiva como máximo a partir del 3 de agosto de 2022 (60 días calendario antes de las elecciones), de acuerdo con el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley de Elecciones Municipales.

En cuanto a los gobernadores y vicegobernadores que quieran postular a alcaldes y los alcaldes que aspiren ser candidatos a gobernador o vicegobernador, deben renunciar ante el consejo regional o concejo municipal, según corresponda, hasta el 4 de abril de 2022 (seis meses antes de los comicios).

En todos los casos, el cargo de la renuncia, en original o copia certificada, debe ser adjuntado a la solicitud de inscripción que se presenta ante el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente.

Licencias

De otro lado, los gerentes regionales, directores regionales sectoriales y los gerentes generales municipales, así como los prefectos, subprefectos y tenientes gobernadores que quieran postular en las elecciones regionales, deben presentar sus solicitudes de licencia, ante su entidad, hasta el 6 de junio de 2022 (120 días calendario antes de las elecciones).

Asimismo, quienes administran o manejan fondos del Estado y los funcionarios de empresas estatales deben solicitar licencia hasta el 14 de junio. La licencia debe hacerse efectiva a partir del 2 de setiembre de 2022 (30 días antes de las elecciones).

Este último plazo rige también para los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, que aspiren postular a cargos en el ámbito municipal.

La resolución precisa, además, que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que quieran participar en las Elecciones 2022 tienen que contar con pase a la situación de retiro, el cual debe darse como máximo a la fecha límite de presentación de la solicitud de inscripción, es decir, el 14 de junio de 2022.