
El Tercer Juzgado Constitucional de Lima anuló la resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), emitida el 1 de agosto, y ordenó que se inscriba al partido Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez, para que pueda participar en las elecciones generales de 2026.
El tribunal, en su fallo, exige que el JNE cumpla la orden en un plazo de dos días. De incumplirse, los miembros del colegiado recibirán multas individuales y el caso será remitido al Ministerio Público para posibles acciones conforme a sus atribuciones.
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Además, la medida dispone que el jefe de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), Felipe Andrés Paredes San Román, deberá acatar la orden bajo apercibimiento de sanción económica y procedimiento disciplinario que podría llevar a su destitución si no lo cumple.
Unidad Popular, tras el fallo, pidió a la Dirección del Registro de Organizaciones Políticas actuar con imparcialidad y respetar los mandatos judiciales y “no seguir causando más daño del ya hecho” al partido.
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Cabe recordar que el caso comenzó cuando, el 31 de julio, el Poder Judicial ordenó al JNE reconocer la inscripción de Unidad Popular, argumentando la vigencia del artículo 96 de la Ley Orgánica de Elecciones en la fecha de solicitud.
Días después, la entidad electoral declaró inejecutable la disposición, impidiendo la inscripción provisional del partido.
