
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ordenó la instalación de 60 Jurados Electorales Especiales (JEE) a nivel nacional que impartirán justicia electoral en primera instancia con miras a las elecciones generales del próximo 12 de abril del 2026.
De acuerdo con la resolución Nº 0128-2025-JNE, publicada esta mañana en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso que la instalación de los cinco primeros JEE inicie el próximo viernes 25 de abril.
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Estos son: Lima Centro 1 (Lima), Arequipa 1 (Arequipa), Chiclayo (Lambayeque), Huancayo (Junín) y San Martín (Tarapoto).
Estos tribunales de justicia electoral tendrán competencia sobre publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad y encuestas electorales en todo el Perú hasta la instalación de los demás órganos electorales de primera instancia.
¿Cuándo se instalarán los otros JEE?
En la misma resolución se dispuso que los 55 JEE restantes se instalarán el próximo 17 de noviembre.
Estos son los JEE de Chachapoyas, Bagua, Huaraz, Santa, Huari, Abancay, Andahuaylas, Arequipa 2, Caylloma, Huamanga, Cangallo, Lucanas, Cajamarca, Chota, Jaén, Callao, Cusco, Canchis, Huancavelica y Huánuco.
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También figuran los juzgados electorales de Huamalíes, Leoncio Prado, Ica, Chanchamayo, Trujillo, Pacasmayo, Sánchez Carrión, Lambayeque, Huaura, Cañete, Huarochirí, Maynas, Alto Amazonas, Tambopata, Mariscal Nieto, Pasco, Piura 1, Piura 2, Sullana, Puno, San Román, Tacna, Tumbes y Coronel Portillo.
Finalmente se instalarán los JEE de Lima Centro 2, Lima Este 1, Lima Este 2, Lima Norte 1, Lima Norte 2, Lima Norte 3, Lima Oeste 1, Lima Oeste 2, Lima Oeste 3, Lima Sur 1 y Lima Sur 2.
En el documento se definieron las circunscripciones administrativas y de justicia electoral, además de su competencia territorial para el proceso general del próximo año.
A si vez, se dispuso que la Secretaría General del JNE solicite a la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia y a la Presidencia de las Juntas de Fiscales Superiores la designación de los presidentes y segundos miembros de los JEE.
También se solicitará al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la selección aleatoria de ciudadanos para la posterior designación del respectivo tercer miembro de estos órganos electorales temporales, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del JNE.
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