
Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) abriría la “caja de pandora” en el ámbito judicial y ocasionaría graves repercusiones.
Se trata de las demandas de amparo interpuestas, por separado, por los exjueces supremos Aldo Figueroa y Víctor Ticona, quienes fueron destituidos por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) tras ser sometidos a un “procedimiento disciplinario inmediato”.
En el caso del primero, el organismo presidido por Luz Pacheco ordenó su reposición como juez supremo titular y dispuso la nulidad del procedimiento disciplinario inmediato que le inició la JNJ en el año 2021, que derivó en su destitución.
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Figueroa fue retirado de su cargo tras ser vinculado al caso “Cuellos Blancos del Puerto”. La JNJ determinó que incurrió en faltas muy graves previstas en la Ley de la Carrera Judicial, al haber solicitado al expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos, la designación de la abogada Mónica Hoyos Pinchi como jueza supernumeraria en dicha corte.
En el caso de Ticona, el TC también declaró la nulidad del proceso disciplinario inmediato que le abrió la JNJ en el mismo año; sin embargo, declaró improcedente la demanda de reposición debido a que actualmente cuenta con 72 años de edad; es decir, ya pasó el límite para ser magistrado en el país (70 años).
El también expresidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fue destituido por la JNJ por haber cometido faltas muy graves previstas en la Ley de Carrera Judicial, a raíz de sus comunicaciones telefónicas con el prófugo exjuez supremo César Hinostroza.
Sin embargo, el TC dejo a salvo la competencia de la actual JNJ para iniciar un nuevo procedimiento disciplinario a estos magistrados si lo consideran pertinente.
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El procedimiento disciplinario inmediato: ¿es constitucional?
En ambas sentencias, el TC declaró inconstitucional el procedimiento disciplinario inmediato que lleva a cabo la JNJ para investigar y sancionar a jueces y fiscales. Dicho procedimiento, creado por la JNJ en el año 2020, es usado para atender casos de grave inconducta funcional y de repercusión nacional, en un menor tiempo que una investigación preliminar.
“La JNJ no tiene competencia para iniciar procesos disciplinarios inmediatos, puesto que ni la Constitución ni su Ley Orgánica lo han previsto. En ese sentido, no resulta admisible que, vía reglamento, se pretenda instaurar un nuevo procedimiento, desconociendo la jerarquía normativa de los documentos normativos que establecen la competencia para regular este tipo de procedimiento y, en consecuencia, vulnerando las garantías procesales mínimas que toda persona tiene garantizadas”, determinó el TC en su sentencia sobre el caso Figueroa.
Si bien el organismo constitucional recordó que la JNJ, según su ley orgánica, tiene competencia para elaborar y aprobar su reglamento interno y los reglamentos especiales necesarios para su funcionamiento, precisaron que “esto no significa bajo ninguna circunstancia que un reglamento pueda desnaturalizar o transgredir el contenido de la ley orgánica”.
Al respecto, el abogado constitucionalista Erick Urbina respaldó la postura emitida por el TC al señalar que lo único que están haciendo es hacer valer el principio de legalidad.
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“La JNJ funciona a partir de lo que la Constitución y su ley orgánica dice, que fue aprobada por el Congreso. El reglamento de la JNJ no puede exceder lo que manda la Constitución y la ley. Si lo hace, vulnera derechos (...) no puede una institución, a partir de un reglamento, cambiar lo que manda la norma”, señaló a Gestión.
Frente a ello, el experto consideró que la JNJ tendría que emitir un nuevo reglamento que esté sometido a lo que manda su ley orgánica y la Constitución, por lo que consideró que el procedimiento disciplinario inmediato tendría que ser anulado.
“Esto aplica no solo para la JNJ, sino para todo organismo constitucionalmente autónomo”, apuntó.
Por su parte, el abogado penalista Luis Lamas Puccio consideró que la norma que creó este procedimiento disciplinario inmediato se convirtió en una herramienta legal arbitraria usada por la JNJ con la finalidad de sacar de la carrera judicial a determinados magistrados o fiscales.
“Tampoco se pueda generalizar. Hay casos que sí ameritarían la destitución del magistrado por faltas graves, pero el asunto es que no se puede recurrir a un proceso abreviado sumarísimo. Hay que respetar los plazos, el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, que son elementos fundamentales”, anotó a este diario.

Las consecuencias del fallo: los jueces y fiscales que serían beneficiados
Ambos expertos coincidieron en señalar que esta sentencia abre la puerta a que otros jueces y fiscales que fueron destituidos por la JNJ tras ser sometidos a estos procedimientos exprés puedan ser beneficiados; es decir, también podrían ser restituidos en sus puestos.
“Se vería caso por caso, pero ciertamente cuando el TC emite un fallo genera un precedente que el resto de la judicatura ordinaria (Poder Judicial) o entes administrativos, como la JNJ, deben de acatar y observar”, agregó Urbina.
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“Si hay magistrados que se sienten agraviados al haber sido destituidos con este procedimiento, pueden pedir su restitución y se verificará efectivamente si la falta o delito cometido está comprobado, con lo cual el rol de la JNJ queda en un segundo lugar”, sostuvo Lamas Puccio.
Sin embargo, el penalista aclaró que no todos los jueces y fiscales destituidos tras ser sometidos a procesos céleres vayan a ser beneficiados, sino que se evaluará “caso por caso”.
“Todo dependerá del hecho en sí que motivó la destitución y de los indicios y pruebas que existen sobre el particular, porque sí hay casos en los que está justificada la destitución del juez o fiscal (...) se debe evaluar caso por caso, no se puede generalizar. Hay algunos casos en los que sí hubo magistrados corruptos”, enfatizó.
Entre los fiscales y jueces que fueron destituidos tras un procedimiento sumarísimo destacan los exfiscales supremos Patricia Benavides, Pedro Chávarry y Tomás Gálvez, así como la la exfiscal superior titular de Lima, Azucena Solari, entre otros.
En la lista también figuran la exjueza superior Enma Benavides, hermana de Patricia Benavides, y los jueces vinculados a los ‘Cuellos Blancos del Puerto’, entre ellos, el mismo Hinostroza.
La actual presidenta del Poder Judicial, Janet Tello, también afronta un procedimiento disciplinario inmediato en la JNJ que podría derivar en su destitución. Esto también sería anulado.

Las otras consecuencias: resarcimientos y denuncias
Tanto Urbina como Lamas Puccio coincidieron en señalar que, a raíz de esta sentencia del TC, los jueces y fiscales destituidos por estos procedimientos, como Benavides o Chávarry, tendrían la puerta abierta para demandar al Estado por daños morales económicos irreversibles.
“Estos jueces y fiscales podrían iniciar un juicio civil por daños y perjuicios, que podría llegar hasta el TC y a nivel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), pero todo esto puede tomar 10 años. Si lo ganan, lamentablemente el Estado peruano no indemniza a nadie, pese a los daños que se hicieron”, indicó Lamas Puccio.
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El experto añadió que los fiscales y jueces agraviados también tienen el camino abierto para presentar denuncias penales y constitucionales contra los exmiembros de la JNJ que iniciaron estos procedimientos céleres. Estos son: Aldo Vásquez, Inés Tello, Guillermo Thornberry, María Zavala, Humberto De la Haza, Imelda Tumialán y Henry Ávila.
“Se tendrá que demostrar si hubo un direccionamiento de los exmiembros de la JNJ que orientaron esas decisiones, si hubo terceras personas detrás de ellos. Luego de ello, se debe indagar si las decisiones de estos magistrados estaban vinculadas a personas que necesitaban que estos jueces o fiscales sean destituidos”, recalcó.
Para Urbina, los exmiembros de la JNJ no tendrían responsabilidad penal por llevar a cabo estos procedimientos exprés, debido a que actuaron bajo lo que su reglamento lo permitía; sin embargo, dijo que sí podrían ser denunciados constitucionalmente ante el Congreso.
Precisamente, el abogado de Benavides, Jorge del Castillo, anunció al diario Correo que evalúa presentar una denuncia constitucional contra los exmiembros de la JNJ que investigaron y destituyeron a su patrocinada.
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Periodista egresado de la Universidad Nacional Federico Villareal, con especialidad en política, sociedad y análisis de datos. En el año 2017 ingresé al Diario Gestión y actualmente cubro temas judiciales y parlamentarios.
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