El Pleno del Congreso decidió aprobar con 103 votos a favor la iniciativa de ley que propone nombrar de manera extraordinaria a los docentes, de institutos y escuelas tecnológicas superiores no universitarias.
Las iniciativas (PL N° 971 y N° 1183, y otros) que nacen de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte y la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, modifican la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
De esta manera, se concreta la iniciativa que autoriza al Ministerio de Educación a dar nombramiento extraordinario a los docentes contratados en los Institutos de Educación Superior Tecnológicos Públicos (IESTP), Institutos de Educación Superior Pedagógicos Públicos (IESPP) y Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas (ESFAP), incluyendo también a los docentes artísticos, de folklore y música.
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También se incluye, en las disposiciones complementarias finales, que los docentes contratados -tras ser nombrados- puedan acumular su tiempo de servicios en dicha modalidad para el cálculo del reconocimiento y percepción de la asignación por cumplir 25 y 30 años de servicio de docente, CTS y otros beneficios, siempre y cuando dicho tiempo de servicio no haya sido liquidado o pagado.
Otro de los textos sustitutorios propone que el nombramiento se realice de igual manera para los asistentes de talleres y auxiliares contratados de institutos superior públicos no universitarios.
Finalmente, se determinó que el nombramiento se financiará con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación.
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Requisitos para el nombramiento
La iniciativa aprobó los siguientes requisitos para que los docentes se acojan al nombramiento:
- Tener contrato vigente en alguna de las instituciones superiores de educación públicas señaladas en el artículo 1, al momento de la entrada en vigencia de esta ley.
- Haber accedido a la plaza de contrato mediante concurso público de méritos (vigente o renovado).
- Tener no menos de 50 meses académicos, continuos o alternados, de experiencia docente superior pública no universitaria.
- La plaza a la que aspira al nombramiento debe ser orgánica vacante, debidamente presupuestada.
- Cumplir con el perfil profesional requerido para la plaza correspondiente.
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Reacciones en el congreso
Uno de los proyecto lleva la autógrafa de Alex Paredes, legislador del grupo político Bloque Magisterial de Concertación Nacional y miembro de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, quien aseguró que “esto hace justicia con un sector de la educación”, recordando que anteriormente la ley excluía a los docentes de las carreras de escuelas e instituciones de educación artística superior no universitaria.
De igual manera, otro autor de una de las iniciativas para modificar la Ley 30512, Walderman Cerrón (Perú Libre), destacó que esto responde a un trato justo a los profesionales de la educación.
“Estoy seguro que los maestros ahora trabajarán con más ánimos y tendremos una educación de calidad”, puntualizó.
En el debate también se llevó a voto la cuestión previa de la congresista Karol Paredes (no agrupada) para que el proyecto regrese a la comisión, lo cual fue rechazado por 60 votos en contra y 38 a favor.
Ante esta situación, Flor Pablo (Bloque Parlamentario Multipartidario Pro Reforma Universitaria) recalcó la importancia del concurso público para los nombramientos del sector educación.
Zeta Chunga (Fuerza Popular) autora de una de las iniciativas también sumó comentarios en el debate. “(La aprobación del proyecto) Va a poner punto final y solucionar definitivamente la precariedad laboral de los docentes de educación superior no universitaria”, dijo.