César Hinostroza fue destituido como juez por la Comisión Permanente del Congreso. (Foto: Congreso de la República)
César Hinostroza fue destituido como juez por la Comisión Permanente del Congreso. (Foto: Congreso de la República)

Luego de una sesión que se extendió por más de 10 horas, la Comisión Permanente del Congreso aprobó -esta madrugada- la destitución e inhabilitación por 10 años en el ejercicio de la función pública para el suspendido juez supremo, .

No obstante, también se decidió no acusarlo por el presunto delito de pertenencia a una organización criminal.

Se aprobó -además- la destitución de los exintegrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) Orlando Velásquez, Julio Gutiérrez Pebe, Iván Noguera y Guido Aguila, pero solo la inhabilitación por diez años para Guido Águila y Julio Gutiérrez.

Las sanciones

El informe final recomendó sancionar a César Hinostroza con la destitución e inhabilitación por diez años en el ejercicio de la función pública por su presunta responsabilidad en la infracción de los artículos 39, 44, 146 y 139, 139.B de la Constitución. Este extremo se aprobó por unanimidad, con 27 votos.

Se aprobó -además- acusarlo de los presuntos delitos de patrocinio ilegal, tráfico de influencia y negociación incompatible. Se le excluyó del presunto delito de pertenencia a la organización criminal por 19 votos, la mayoría de la bancada Fuerza Popular.

El informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales le atribuía a liderar la organización "Los cuellos blancos del puerto".

Para el exconsejero se acordó por unanimidad la destitución debido a la infracción de los artículos 39, 44, 150 y 154 de la Constitución.

Se desestimó la recomendación que pedía inhabilitarlo por 10 años para el ejercicio de la función pública y acusarlo por los presuntos delitos de patrocinio ilegal, cohecho pasivo específico y organización criminal.

Para el exconsejero Julio Gutiérrez se aprobó, con 25 votos a favor, la destitución e inhabilitación en el ejercicio de la función pública por diez años debido a las infracciones a los artículos 39, 44, 150 y 154 de la Constitución, así como acusarlo por el presunto delito de cohecho pasivo. Se le excluyó del presunto delito de organización criminal.

En el caso del exconsejero Guido Águila se aprobó la destitución por la infracción a los artículos 39, 44, 150 y 154 de la Constitución; acusarlo por los presuntos delitos de patrocinio ilegal, pero no por cohecho pasivo y organización criminal.

Finalmente, se aprobó destituir en el cargo al exconsejero Orlando Velásquez, pero se rechazó su inhabilitación por infracción a la Constitución. Se acordó denunciarlo por el delito de cohecho y no por el delito de organización criminal.