(Minsa)
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No más bromistas. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) quedó facultado para suspender el tráfico saliente del servicio de telecomunicaciones de las líneas telefónicas desde las cuales se realicen llamadas falsas a centrales de emergencias, que brindan información a ciudadanos sobre el coronavirus.

De acuerdo al Decreto de Urgencia Nº 026-2020 decretado por el Poder Ejecutivo el 15 de marzo, con el fin de evitar el brote del coronavirus en el país, el MTC podrá sancionar las líneas de personas malintencionadas por 30 días.

Para el procedimiento de suspensión del servicio de comunicaciones, las centrales de emergencias emitirán un reporte diario al MTC que detalle las líneas telefónicas desde las cuales recibieron las llamadas “bromistas” o que falten el respeto a los operadores.

¿Qué sigue? Una vez que el MTC reciba el reporte, solicitará a los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones la suspensión del tráfico saliente de voz y plan de Internet.

“Los concesionarios de servicios públicos tienen la obligación de realizar la suspensión temporal en el plazo máximo de 24 horas de recibido el requerimiento de suspensión”, según establece la norma.

Se agrega que el incumplimiento de esta obligación constituye una infracción muy grave y sancionable con multas incluidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones.

Para efectos de esta disposición, las centrales de atención del Instituto Nacional de Defensa Civil son consideradas centrales de emergencia, urgencia e información.