
En septiembre de 2024 la Contraloría General de la República ya había emitido un informe en el que identificó fallas estructurales en los procedimientos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para verificar y sancionar posibles afiliaciones indebidas a partidos políticos. La advertencia fue dirigida a la administración encabezada entonces por el juez supremo Jorge Salas Arenas, quien presidía el organismo electoral.
Según el informe N.° 030-2024-OCI/0280-SOO, el JNE no contaba con un mecanismo regulado para fiscalizar si los documentos presentados por las organizaciones políticas cumplían con los requisitos de autenticidad y veracidad, especialmente en lo que se refiere a la afiliación de ciudadanos sin su consentimiento.
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La ausencia de procedimientos claros de verificación, según el documento oficial, “expone a riesgos graves en la gestión de procesos electorales y en el respeto al derecho de participación ciudadana”.
A esto se suma la falta de un “régimen sancionador específico” para los partidos que incurren en estas prácticas, situación que la Contraloría instó a corregir.
El órgano de control recomendó aplicar el artículo 32.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo General, que permite declarar nulos los actos administrativos sustentados en documentación falsa. También se sugiere establecer multas económicas y remitir los casos al Ministerio Público si se detecta la comisión de delitos contra la fe pública.
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Los hallazgos se producen en un contexto marcado por múltiples denuncias de ciudadanos que afirman haber sido inscritos en agrupaciones políticas sin su consentimiento.
Casos como el del partido “Primero la Gente” -que presentó más de 4,000 firmas presuntamente falsas- han reavivado las críticas al sistema de control electoral.