Tras la destitución del expresidente Pedro Castillo, quien afronta 18 meses de prisión preventiva por perpetrar un golpe de estado, la oposición ahora ha puesto en la mira a los titulares de los organismos electorales.
Sin embargo, es el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), presidido por Jorge Salas Arenas, el que podría pagar los platos ratos.
Gestión supo que el Congreso tiene en agenda cuatro proyectos de ley para hacer cambios a dicho organismo electoral, ya sea recortando el periodo del mandato de Arenas o modificando su composición.
Tres de ellos se encuentran en la comisión de Constitución, presidida por Hernando Guerra García, mientras que la otra está pendiente de una segunda votación en el Pleno del Congreso.
Recorte de mandato
La congresista de Avanza País, Roselli Amuruz, presentó un proyecto de reforma constitucional que plantea recortar, por única vez, el mandato de Arenas y del jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto, a abril del año 2023.
En la exposición de motivos de la norma se señala que, en el contexto del adelanto de elecciones, es conveniente aprobar reformas políticas y recortar el mandato, no solo de las autoridades elegidas, sino también de quienes encabezan los entes electorales para “construir confianza en el país”.
“Los principales representantes de los órganos que integran el sistema electoral peruano deben sujetarse a un recorte de su mandato, con el propósito de generar neutralidad en las próximas elecciones generales, las cuales no serán complementarias”, se lee en el documento.
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Al respecto, el Pleno del JNE se pronunció en contra de dicha propuesta al señalar que no tiene argumentación valedera y vulnera la autonomía de los organismos constitucionales.
“El presidente del JNE es elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia y el jefe de la ONPE es designado por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) después de un concurso público, como lo establece nuestra norma constitucional. En tal sentido, la referida propuesta injiere en las decisiones autónomas de la máxima instancia del Poder Judicial, como de la JNJ”, se lee en un comunicado
El mismo Arenas calificó la norma como un “exceso” y recalcó que no es constitucional.
Al ser consultada por este proyecto de ley, la presidenta Dina Boluarte solo atinó a señalar que desde el Ejecutivo “estarán mirado con cautela su debate”.
Las otras iniciativas
La bancada de Acción Popular presentó dos proyectos de ley, por separado, que buscan modificar la designación de los miembros del pleno del JNE.
El primero de ellos, planteado por Maricarmen Alva, busca modificar los artículos 179 y 180 de la Constitución para establecer que los jueces y fiscales supremos en actividad no pueden ser miembros de dicha entidad electoral, tal como ocurre al día de hoy.
El citado proyecto plantea que la Corte Suprema de Justicia y la Junta de Fiscales Supremos elegirán a sus dos representantes ante el JNE solo entre sus jueces y fiscales supremos jubilados.
“Para el caso de los suplentes electos por la Corte Suprema y la Junta de Fiscales Supremos serán también entre magistrados y fiscales supremos jubilados, respectivamente”, señala el proyecto.
La otra iniciativa, impulsada por Luis Aragón, plantea ampliar de cinco a siete el número de integrantes del pleno de la entidad electoral.
De los siete integrantes, tres serán elegidos por la JNJ, de los cuales el que ocupe el primer puesto preside el JNE, mientras el otro ejerce el cargo de vicepresidente y asume la presidencia en caso se encuentre impedido de ejercer el cargo el presidente.
Otros dos magistrados serán elegidos “mediante sufragio universal, directo y secreto por los miembros hábiles de todos los Colegios de Abogados del Perú, en elecciones a cargo de la ONPE”.
“El Pleno del JNE, así como los Jurados Electorales Especiales (JEE), no pueden estar presididos por magistrados del Poder Judicial, ni por fiscales del Ministerio Público en ejercicio”, se señala en la norma.
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Falta segunda votación
En febrero del año pasado el Pleno del Congreso aprobó, por mayoría, el texto sustitutorio del dictamen que permite a los colegios de abogados de todo el Perú elegir, por voto universal, a su representante ante el JNE.
La iniciativa se aprobó con 113 votos a favor, 2 en contra y una abstención. Al tratarse de una reforma constitucional, deberá ser sometida a una segunda votación para su aplicación. Sin embargo, aún se desconoce cuándo se producirá dicho sufragio.
En la norma se precisa que la elección de uno de los integrantes del JNE se realizará con el voto de los integrantes hábiles de los colegios de abogados de todo el país, por sufragio universal, directo y secreto organizado por la ONPE, y ya no únicamente del Colegio de Abogados de Lima (CAL).
Además, se propone que cada miembro del pleno del ente electoral deberá cumplir con los mismos requisitos que se requieren para ser miembro de la Corte Suprema.