El pasado 12 de julio venció el plazo que tenían las personas para afiliarse a un partido político con miras a participar en las elecciones generales del 2026; sin embargo, desde el Congreso se impulsan diversas propuestas para reabrir dicho periodo.
La primera iniciativa fue presentada por Guido Bellido. El también exprimer ministro del gobierno de Pedro Castillo planteó en su propuesta que el plazo de afiliación para participar en las elecciones primarias vencerá un año antes del acto electoral; es decir, abril de 2025 para las elecciones generales y octubre de ese mismo año para las regionales y municipales.
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Raúl Picón también propuso en su proyecto de ley lo mismo que recomendó Bellido; es decir, que el plazo se amplíe hasta abril del 2025 para participar en los comicios generales y octubre de ese mismo año para las elecciones subnacionales.
En cambio, Alfredo Pariona y Heidy Juárez buscan en sus propuestas, por separado, que el plazo de afiliación para las elecciones generales venza el 12 de enero de 2025. En lo que respecta a los comicios regionales y municipales si hay una diferencia. El primero plantea que el periodo de inscripción culmine el 7 de enero de ese mismo año, mientras que la segunda sugiere que sea el 10 de abril.
Finalmente, Raúl Doroteo impulsa una iniciativa para que el plazo de afiliación con miras a los comicios generales venza el próximo 15 de marzo de 2025.
Todas estas propuestas deberán aprobarse en el Pleno del Congreso antes de que culmine abril del 2025 (fecha de convocatoria a las elecciones generales) para que aplique en los comicios venideros; sin embargo, ¿son viables?
Las consecuencias de reabrir este plazo
Los expertos en temas electorales José Villalobos y José Naupari coincidieron, por separado, en que dichas propuestas no son viables debido a que tendrían como única utilidad beneficiar a aquellas agrupaciones que no cumplieron con el plazo fijado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), pese a que tuvieron tiempo suficiente para inscribir a sus militantes.
Villalobos recordó que ley que fijó el plazo de afiliación a los partidos (12 de julio) no es reciente, ya que fue publicada a inicios de este año (18 de enero); es decir, tuvieron un tiempo suficiente como para poder afiliar a sus militantes.
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“Los partidos ya tuvieron la oportunidad de afiliar a las personas que podrían ser sus candidatos y las personas que quieren ser postulantes ya tuvieron el plazo para inscribirse; por lo tanto, cualquier modificación de esos plazos pues, obviamente, tendría como únicamente objetivo favorecerse, porque seguramente no han logrado afiliar a las personas que quieren que sean sus representantes; o sea, no se han preparado a tiempo para ello”, indicó a Gestión.
El también miembro suplente del JNE consideró que todas estas propuestas “tienen nombre propio”, por lo advirtió que, en caso sean aprobadas, traería consecuencias.
“En todo caso, si los partidos que proponen esto no estuvieron de acuerdo con el plazo debieron oponerse o plantear una modificación en su momento, pero no esperar a que venza el plazo para recién pronunciarse. Una cosa es pedir la modificación del plazo antes de que culmine y otra es hacerlo cuando ya venció porque me desfavoreció (...) a mí me parece que no es correcto estar modificando el cronograma electoral solo porque a mí no me parece”, sostuvo.
Por su parte, Naupari indicó que la reapertura del plazo para afiliar militantes “jurídicamente” no traería consecuencias, pero a nivel político y operacional si habría repercusiones.
“En caso se reabra el plazo de inscripción, el problema principal será otro: la verificación de las firmas de esas afiliaciones. Si el nuevo plazo es en abril (del 2025), ahí se complicaría el tema ya que es más cercano a la fecha electoral. Si fuese en enero, habría menos complicación”, dijo a este diario.
Tanto Villalobos como Naupari coincidieron en señalar que todas estas iniciativas, en caso sean aprobadas, traerían un efecto colateral: una posible postulación de Antauro Humala en cualquier partido que lo quiera acobijar.
“Además de favorecer a sus partidos, los partidos que impulsan estas propuestas también estarían favoreciendo a Antauro Humala, porque si la Corte Suprema confirma la decisión de declarar ilegal su partido, estaría impedido de postular a la Presidencia de la República porque ya venció el plazo para afiliarse a cualquiera de las 37 agrupaciones inscritas, pero si se reabre el plazo sí lo podrá hacer”, alertó Villalobos.
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Así lo señaló el jefe de la Oficina de Servicios al Ciudadano del organismo electoral, Luis Grillo, tras precisar que las fichas corresponden a 59 padrones presentados durante ese día.
Además, semanas antes del cierre del plazo, el JNE registró más de 1,500 renuncias a partidos políticos con la finalidad de traspasarse a otra agrupación.
La plancha presidencial y el candidato designado
Estos proyectos de ley que buscan reabrir el plazo para afiliarse a un partido no son los únicos que vienen siendo cuestionados en el Congreso.
El legislador de Podemos Perú, Juan Burgos, presentó una iniciativa para incluir candidatos designados en las planchas presidenciales. De esta manera, un militante o un invitado podrán ser elegidos a dedo en esa fórmula, de acuerdo a lo estipulado en el estatuto de cada organización política.
Respecto a dicha agrupación política, en su reglamento se estipula que esa prerrogativa recae en su presidente; es decir, en caso se apruebe la propuesta el congresista José Luna Gálvez podrá designar “a dedo” al candidato de su partido a la Presidencia o Vicepresidencia.
Para Villalobos, esta iniciativa tendría la misma finalidad que las cinco anteriores; es decir, beneficiar a las agrupaciones políticas que, al día de hoy, no cuentan con militantes con potencial de candidato presidencial.
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“Aparentemente, Podemos Perú no tiene candidato y está buscando uno desde afuera. Ahora como no tienen (esa opción) dentro de sus afiliados, buscan abrir la puerta para llevar a un invitado a la Presidencia (...) esto de todas maneras también beneficiaría, por ejemplo, a Antauro Humala, porque podría ir como invitado en una plancha presidencial”, sostuvo.
En tanto, Naupari remarcó que se opone a cualquier asignación directa de candidatos, al considerar que eso contraviene los principios y fines del sistema de representación.
“Se debe garantizar el funcionamiento democrático de los partidos políticos y esta propuesta se opone justamente al respeto a la voluntad de la mayoría de la agrupación (...) un cargo tan relevante y representativo tiene que tener un respaldo mayoritario de parte de los miembros del partido”, puntualizó.
¿Es viable que la presidencia del JNE sea rotativa?
El texto, aprobado en la comisión de Constitución, no solo precisa que el titular del organismo electoral ya no será designado por los miembros de la Sala Plena de la Corte Suprema, sino que también elimina la reelección de los jefes de la ONPE y Reniec.
Sobre este último tema, Villalobos dijo que le parece correcta la propuesta al señalar que cualquier miembro del pleno del JNE debe tener la potestad de dirigir la entidad y no solamente el representante de la Corte Suprema.
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“Cualquiera de los integrantes del TC puede presidir esa entidad, así como cualquiera de los miembros de la JNJ puede liderar ese organismo, no es que uno solo sea el presidente por ley (...) los miembros del JNE no eligen a su presidente, ya viene elegido; entonces, eso a mi no me parece correcto”, señaló.
A su juicio, el hecho de que el mandato del titular del JNE se reduzca de 4 a 2 años no perjudica en nada a la institución al señalar que la labor jurisdiccional del presidente del organismo continuará.
Naupari tiene otra lectura respecto a este tema. Consideró que ninguno de los argumentos utilizados en el dictamen son correctos, por lo que se opuso a que cualquier miembro del pleno del JNE pueda dirigir este organismo.
“En el caso del JNE, lo que tú tienes es un órgano que resuelve solución de controversias, que es lo más cerca a la labor de un juez. Entonces, de los cincos miembros del pleno del JNE ¿quién es el único que es juez?, pues el representante de la Corte Suprema. Por eso los argumentos utilizados para sustentar el dictamen son errados”, indicó, tras precisar que se debe conservar el modelo actual.
El mes pasado, la Sala Plena de la Corte Suprema eligió al magistrado Roberto Burneo como su nuevo representante ante el JNE y, por tanto, será quien presida este organismo por un período de cuatro años (2024-2028); sin embargo, su mandato podría reducirse a solo dos años en caso el dictamen sea aprobado en el Pleno.
Los otros miembros del pleno del JNE son Martha Elizabeth Maisch Molina (Junta de Fiscales Supremos), Willy Ramírez Chávarry (Colegio de Abogados de Lima), Rubén Jaime Torres Cortez (Decanos de las facultades de Derecho de las universidades públicas) y Aaron Oyarce Yuzzelli (Decanos de las facultades de Derecho de las universidades privadas).
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Periodista egresado de la Universidad Nacional Federico Villareal, con especialidad en política, sociedad y análisis de datos. En el año 2017 ingresé al Diario Gestión y actualmente cubro temas judiciales y parlamentarios.