El pleno del Congreso de la República aprobó la resolución legislativa que delega a la Comisión Permanente la facultad para que pueda legislar hasta el 21 de julio de 2023.
Con 74 votos a favor, 24 en contra y 4 abstenciones, la representación nacional tomó esta decisión, en cumplimiento a lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú.
En ese sentido, el grupo de trabajo parlamentario podrá legislar sobre dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el Orden del Día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como los que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.
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La comisión liderada por el presidente del Parlamento, José Williams (Avanza País), también podrá ver las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.
De igual forma, se precisa en el artículo 2 de la resolución legislativa las limitaciones de la Comisión Permanente. “Exclúyense de los asuntos a que se refiere el artículo anterior aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú”, señala.
Asimismo, Williams Zapata aclaró que la Comisión Permanente no podrá legislar sobre leyes preuspuestales, de carácter constitucional ni leyes orgánicas, de acuerdo a los dispuesto en la Constitución Política.
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