La Comisión de Constitución aprobó este jueves 1 de diciembre el predictamen que incorpora en el Reglamento del Congreso el proceso para la suspensión del presidente de la República.
Con 14 votos a favor y 8 en contra, el grupo de trabajo parlamentario, presidido por Hernando Guerra García (Fuerza Popular) se dio luz verde a la iniciativa recaída en Resolución Legislativa del Congreso (2694-2021-CR), que incorpora el inciso G) en el artículo 68 y el artículo 89-B del reglamento del Congreso de la República.
En ese sentido, los parlamentarios puedan pedir la suspensión del mandatario mediante moción de orden, por las causales previstas en el artículo 114 de la Constitución.
El predictamen también detalla que la suspensión del jefe de Estado solo podrá ser aprobada con los votos de la mayoría absoluta del número legal de miembros del Poder Legislativo, es decir con 66 votos, un número menor al que se requiere actualmente (87 votos).
Asimismo, indica que la resolución que declare la suspensión del presidente de la República tendrá un plazo máximo de 36 meses. “Vencido este, el presidente suspendido asume en pleno derecho y sin mayor trámite el ejercicio de sus funciones” añade.
Ahora deberá debatirse en el pleno del Congreso.
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