Para aprobar el retorno de la bicameralidad, en el Pleno del Congreso, se necesitan el voto de 87 legisladores, o más, en dos legislaturas consecutivas (Foto: Manuel Melgar/GEC)
Para aprobar el retorno de la bicameralidad, en el Pleno del Congreso, se necesitan el voto de 87 legisladores, o más, en dos legislaturas consecutivas (Foto: Manuel Melgar/GEC)

Tras más de tres sesiones de debate, la Comisión de Constitución aprobó ayer, por mayoría, el predictamen de reforma constitucional que plantea el retorno de la bicameralidad a partir del año 2023.

La propuesta se aprobó con ocho votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones.

A favor de la propuesta votaron los legisladores Franco Salinas, Luis Roel, Otto Guibovich y Freddy Llaulli (Acción Popular), Robinson Gupioc y Carlos Almerí (Podemos Perú), Jim Mamani y el mismo titular de la comisión, Omar Chehade (APP).

En tanto, Lenin Checo (del Frente Amplio) y Rubén Ramos votaron en contra, mientras que Gino Costa, Carolina Lizárraga (Partido Morado), Isaías Pineda y Cristina Retamozo (Frepap) se abstuvieron.

Previamente se rechazó un pedido del congresista Gino Costa para que el proyecto se votara artículo por artículo.

De acuerdo al texto, el Congreso ahora pasará a denominarse “Parlamento”, el cual se compondrá de dos cámaras: Diputados y Senadores.

La elección de los 60 senadores se realizará conjuntamente con los comicios municipales y regionales del 2022. Juramentarán en el cargo el 29 de diciembre del mismo año.

En tanto, los 130 legisladores elegidos en los comicios del 2021 pasarán a formar parte de la Cámara de Diputados, a partir del primero de enero del 2023.

Más cambios

El predictamen de retorno a la bicameralidad trajo consigo una serie de cambios a la Constitución.

Se agregó el artículo 90-A en la Carta Magna para que “los altos funcionarios, al término del periodo del ejercicio de sus funciones, no puedan salir del país, por un plazo de 12 meses, sin previa autorización del Poder Judicial”.

En la lista de altos funcionarios destacan el presidente de la República, ministros, congresistas, miembros del Tribunal Constitucional y la Junta Nacional de Justicia, Defensor del Pueblo, Contralor y jueces y fiscales supremos.

También se precisó que el presidente “también podrá ser acusado constitucionalmente por el Ministerio Público por la presunta comisión de delitos dolosos contra la administración pública o el patrimonio del Estado, cometidos durante el ejercicio de su función o antes de ello”.

A su vez, podrá ser acusado “por delitos de terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, crimen organizado, lavado de activos y violación de la libertad sexual cometidos durante su gestión o antes de ello”.

Finalmente, en el texto se recalcó que “los miembros del Parlamento no pueden ser reelegidos para un nuevo periodo de manera inmediata en el mismo cargo. De la misma manera, no hay reelección como diputado o senador”.

De esta manera, Omar Chehade señaló que se está cerrando la puerta para que los actuales congresistas o miembros del Parlamento disuelto puedan postular al Senado, en los comicios del 2022.

Ahora la norma deberá ser enviada a la Mesa Directiva del Congreso, a fin de que se programe en la agenda del Pleno antes del fin de la legislatura (18 de diciembre)