La Comisión Permanente del Congreso se reunirá este viernes 27 de diciembre para debatir diversos temas que se encuentran en agenda, entre ellos, el dictamen que permite el retorno del financiamiento privado a los partidos políticos por parte de las empresas.
A fines de noviembre pasado, el Pleno del Congreso aprobó, con 57 votos a favor, 51 en contra y 6 abstenciones, la cuestión previa presentada por el congresista Jaime Quito para que el texto sustitutorio retorne a la comisión de Constitución.
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Esto, a raíz de las críticas que formularon diferentes bancadas al texto original, sobre todo, en lo que respecto a los denominados aportes “confidenciales”.
Sin embargo, el legislador de Fuerza Popular, Arturo Alegría, interpuso un recurso de reconsideración a dicha votación, la cual fue aprobada casi al cierre de la legislatura (15 de diciembre).
El pasado viernes 13, el Pleno del Congreso aprobó la resolución que delega a la Comisión Permanente la facultad de legislar a partir del 16 de diciembre del 2024 hasta el 28 de febrero de 2025.
¿Qué plantea el texto original?
De acuerdo con la propuesta, las organizaciones políticas pueden recibir aportes o ingresos procedentes de financiación privada, a través de “las cuotas y contribuciones en efectivo o en especie de cada aportante como persona natural y persona jurídica nacional, incluido el uso de inmuebles, a título gratuito”.
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Sin embargo, se precisa que dichos aportes no deben superar en un año calendario el equivalente a las 200 UIT (S/ 1′030,000) que aporten para cada organización política.
De esta manera, se está elevando de S/618,000 (120 UIT) a S/ 1′030,000 el tope de aportes mínimos que pueden recibir los partidos de cara a las elecciones generales del 2026.
“En ningún caso un aportante podrá aportar más de 500 UIT (S/ 2′575,000) al año sin importar el numero de organización política a las que aporte”, añade el texto sustitutorio.
Los partidos también podrán beneficiarse con los ingresos obtenidos por la realización de actividades proselitistas provenientes de aportes en efectivo debidamente bancarizados o de contribuciones que permitan identificar a los aportantes y el monto del aporte con los comprobantes correspondientes. Por actividad podrán recibir hasta 200 UIT (S/ 1′030,000).
Finalmente, la comisión de Constitución incluyó un artículo en la propuesta para permitir los aportes bancarizados a los partidos a través del Banco de la Nación.
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“Se podrá realizar aportes a las organizaciones políticas de su preferencia hasta por el 40% del límite establecido, a través de una cuenta que el Banco de la Nación habilita para el efecto”, agrega el dictamen.
Los aportes que se realicen en esta cuenta podrán ser realizados mediante depósitos en ventanilla, transferencias o a través de la plataforma virtual Pagalo.pe. Se deberá pedir a cada aportante, entre otras cosas, su nombre completo o razón social, su número de Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería, el monto del aporte y una declaración jurada del aportante.
Sin embargo, se estipuló que el Banco de la Nación debe asegurar que en el comprobante de depósito y transferencia no conste el nombre del partido al que va dirigido la contribución económica, de tal manera que “se preserve la confidencialidad del aportante”.
“Antes del término de cada día hábil, el Banco de la Nación conciliará los aportes realizados hasta el día anterior en la cuenta abierta para tal efecto con los fondos obtenidos en las mismas, y transferir los importes que corresponda a las cuenta de los partidos que hayan indicado los aportantes, según corresponda, preservando la confidencialidad de la información”, agrega la propuesta.
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