La comisión permanente también evaluará la denuncia constitucional N° 369, formulada por congresista José Cueto Aservi contra Francisco Sagasti Hochhausler. (Foto: Congreso)
La comisión permanente también evaluará la denuncia constitucional N° 369, formulada por congresista José Cueto Aservi contra Francisco Sagasti Hochhausler. (Foto: Congreso)

La se reunirá mañana para evaluar si la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales investigará y presentará un informe sobre las denuncias constitucionales contra la congresista y el expresidente

Estas denuncias constitucionales N° 398 y N° 399, que interponen las legisladoras Kelly Portalatino Ávalos y Roselli Amuruz Dulanto, contra Digna Calle Lobatón en su condición de parlamentaria, se da por la presunta infracción de los artículos 92 y 93 de la Constitución, así como la presunta comisión del delito de abandono de cargo.

La comisión permanente también evaluará la denuncia constitucional N° 369, formulada por congresista José Cueto Aservi contra Francisco Sagasti Hochhausler, en su condición de expresidente del y exmandatario, por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad.

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Dicha denuncia constitucional también incluye a Rubén Vargas Céspedes, en su condición de exministro del Interior, y José Elice Navarro, en su condición de exministro del Interior, ambos acusados también por las mismas infracciones que Sagasti.

De acordarlo durante la sesión, la tendrá un plazo de 15 días hábiles para investigar y presentar un informe final sobre estas denuncias constitucionales presentadas. Ello, dentro del plazo para la investigación en cumplimiento del Reglamento del Congreso referido al procedimiento de acusación constitucional.

“(…) El plazo dentro del cual la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales realizará la investigación y presentará su informe, el cual no podrá ser mayor de quince (15) días hábiles, prorrogable por el término que disponga la Comisión Permanente por una sola vez. Excepcionalmente, se podrá fijar un plazo mayor cuando el proceso a investigarse sea susceptible de acumulación con otra u otras denuncias constitucionales (…)”, señala el Reglamento.

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